Dictamen nº 33204 de Contraloría General de la República, de 1 de Julio de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238926286

Dictamen nº 33204 de Contraloría General de la República, de 1 de Julio de 2004

N° 33.204 1-VII-2004

Se ha solicitado a esta Contraloría General, un pronunciamiento relativo a la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial las decisiones de la autoridad a que se refiere el artículo 48 de Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, cuando los mismos afecten o interesen solamente a una comunidad regional, provincial o comunal, en atención a que el artículo 4° de Ley N° 19.733 y el artículo 178 de Ley N° 18.290, de Tránsito, prevén que la divulgación de determinadas decisiones de ese carácter se realice mediante avisos insertos en medios de comunicación locales.

En relación con la materia, es necesario hacer presente, en primer término, que el mencionado artículo 48 de Ley N° 19.880 dispone, en lo que interesa, que deberán publicarse en el Diario Oficial los siguientes actos administrativos: a) Los que contengan normas de general aplicación o que miren al interés general; b) Los que interesen a un número indeterminado de personas; c) Los que afectaren a personas cuyo paradero fuere ignorado, de conformidad a lo establecido en el artículo 45; d) Los que ordenare publicar el Presidente de la República; y e) Los actos respecto de los cuales la ley ordenare especialmente este trámite.

Enseguida, cabe señalar que el artículo 49 del mismo texto legal prevé que "los actos publicados en el Diario Oficial se tendrán como auténticos y oficialmente notificados, obligando desde esa fecha a su íntegro y cabal cumplimiento, salvo que se establecieren reglas diferentes sobre la fecha en que haya de entrar en vigencia".

Como es dable observar de lo expuesto, la exigencia en examen constituye un requisito de eficacia de los actos administrativos a los que se refiere el artículo 48 de Ley N° 19.880, cuya omisión impide, en consecuencia, que produzcan efectos.

En este contexto, es necesario señalar que el acatamiento del requisito en estudio implica la observancia del medio específicamente dispuesto para ello en dicho precepto, esto es, la publicación del acto administrativo correspondiente en el Diario Oficial, puesto que se trata del único procedimiento previsto en la norma con dicha finalidad.

Precisado lo anterior, cumple indicar que las disposiciones legales a que se refiere la Municipalidad ocurrente, las cuales prevén que determinadas decisiones de las autoridades respectivas deban ser difundidas a través del diario o periódico de mayor...

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