Dictamen nº 48880 de Contraloría General de la República, de 29 de Septiembre de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238922462

Dictamen nº 48880 de Contraloría General de la República, de 29 de Septiembre de 2004

N° 48.880 Fecha: 29-IX-2004

Por Oficio ordinario N° 36.517, de 2004, el señor Subsecretario de Telecomunicaciones se ha dirigido a esta Contraloría General solicitando un pronunciamiento que determine si el señor XX, elegido delegado del personal por el estamento profesional de esa repartición, puede integrar la junta calificadora en esa calidad, atendida la circunstancia que desempeña un cargo adscrito.

Hace presente al efecto su parecer, en el sentido que los funcionarios que desempeñan cargos de adscritos no podrían postularse como delegados de estamento y, por consiguiente, integrar la junta calificadora, considerando que sólo se asimilan a ellos -profesionales, administrativos o técnicos- por la función que desempeñan.

Lo anterior, fundado en las conclusiones del dictamen N° 12.177, de 1994, de esta Entidad Fiscalizadora, el cual, en la parte que interesa, ha concluido que el personal que sirve cargos adscritos debe ser calificado atendido el carácter excepcional de la norma que exime de evaluación sólo a determinados funcionarios, sin embargo, ello no significa que proceda considerarlos para integrar juntas calificadoras, por cuanto dichos empleos forman parte de un sistema paralelo especial, que está al margen de los estamentos directivos propiamente tales de los servicios, los cuales constituyen uno de los elementos que determinan la jerarquía, la cual según las normas estatutarias determina la composición de los referidos órganos colegiados, que se encuentran integrados por los funcionarios de más alto nivel jerárquico.

Sobre este particular, cabe recordar que el artículo 30, inciso quinto, de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, prevé que la junta calificadora central estará compuesta, en cada institución, por los cinco funcionarios de más alto nivel jerárquico, con excepción del Jefe Superior, y por un representante del personal elegido por éste según el estamento a calificar.

Pues bien, respecto de la consulta planteada en la especie, es necesario tener presente lo expuesto en el dictamen N° 49.237, de 1999, que interpretando el alcance de lo dispuesto en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR