Dictamen nº 52459 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238920670

Dictamen nº 52459 de Contraloría General de la República, de 22 de Septiembre de 2009

N° 52.459 Fecha: 22-IX-2009

Mediante su oficio N° 1400/12, de 2009, la Alcaldesa de la Municipalidad de Recoleta se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando la reconsideración del dictamen N° 10.435, de igual año, en lo que dice relación con la autorización provisoria que ese municipio habría otorgado a la sociedad Medina y Quijada Limitada, para desarrollar la actividad de expendio de bebidas alcohólicas, y con la consecuente orden de instruir un proceso sumarial para determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios involucrados en el hecho descrito.

A su turno, don Sergio Enrique Saldía, requiere, por una parte se ordene al municipio dar cumplimiento al mencionado dictamen, en cuanto a instruir el aludido sumario administrativo, y, por la otra, solicita la caducidad definitiva de la patente de alcoholes que ampara dicho expendio, lo que importa la reconsideración, en lo pertinente, del citado pronunciamiento.

Como cuestión previa, es del caso recordar que el dictamen N° 10.435, de 2009, atendiendo una presentación de la persona individualizada en el párrafo anterior, relativa al funcionamiento irregular de una botillería ubicada en calle Sodio N° 3215, de la comuna de Recoleta, manifestó -al tenor de los documentos tenidos a la vista y en conformidad con la jurisprudencia vigente sobre la materia-, que no se había ajustado a derecho que la Dirección de Atención al Contribuyente del Departamento de Patentes de la respectiva municipalidad, hubiera entregado a la sociedad Medina y Quijada Limitada, a través del Certificado N° 204, de fecha 14 de agosto de 2008, una autorización provisoria para desarrollar el giro de expendio de bebidas alcohólicas en ese inmueble, con anterioridad al 13 de noviembre de igual año, data en que la entidad edilicia autorizó la transferencia de la patente respectiva a nombre de tal sociedad.

Por la razón anotada, el dictamen concluye señalando que la autoridad municipal debe ordenar la instrucción de un proceso disciplinario dirigido a determinar dicha situación y la existencia de eventuales responsabilidades administrativas comprometidas en la misma.

Además, tal pronunciamiento precisa que, atendido el marco jurídico que analiza, en la actualidad el depósito de bebidas alcohólicas de que se trata, funciona amparado por la correspondiente patente de alcoholes.

Precisado lo anterior, cabe señalar que la Municipalidad de Recoleta funda su solicitud de reconsideración, en síntesis, en que...

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