Dictamen nº 19715 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238919078

Dictamen nº 19715 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 2004

Nº 19.715 Fecha: 21-IV-2004

Don X.X., en representación de Don Y.Y., solicita a la Contraloría General se sirva reconsiderar el pronunciamiento de la Contraloría Regional de La Araucanía emitido mediante oficio Nº 3896, de 2003, en cuya virtud concluyó que procedía rechazar su petición de dejar fuera de bases a la empresa Servimet Ltda. en la licitación pública Nº 8 de ese año, "Reposición Calderas Hospital de Angol", a que llamara el Servicio de Salud Araucanía Norte, por no haber acompañado la escritura de modificación de la sociedad, como lo exige el numeral 290 de las bases administrativas especiales de la propuesta.

Solicitado el informe pertinente a la Contraloría Regional aludida, ésta por oficio Nº 5.294 de 2004, expresa que a raíz de la consulta que le formulara el Servicio acerca de la postulación de Servimet Ltda., concluyó que la omisión anotada es un requisito meramente formal, sin incidencia relevante en la adjudicación de la propuesta, atendido lo dispuesto en los numerales 270, 290 y 300 de las bases administrativas especiales.

Estima que se trata de una "presentación distinta" de las señaladas en el numeral 290, en cuyo caso la autoridad ejerce el derecho de aceptar aquellas propuestas que a su juicio presenten problemas de forma y no fondo, considerando que la Comisión de Evaluación al revisar los antecedentes puede solicitar las aclaraciones e información adicional que fuere necesaria, de manera que no afecte el monto de la oferta económica de la propuesta ni la igualdad de los oferentes. En atención a ello concuerda con la opinión de la Administración en el sentido de que la entidad licitante que fue favorecida con la propuesta no ha quedado fuera de bases, a pesar de no haber acompañado la escritura de modificación de la misma.

Sobre el particular, cabe manifestar que analizados los antecedentes del caso, principalmente los relativos al numeral 290.2 "SOBRE DOCUMENTOS ANEXOS" de las bases administrativas especiales se ha verificado que dicha norma enumera todos los documentos que deben adjuntarse de manera imperativa, haciendo expresa referencia en su letra H) a los del numeral 270 cuando se trate de personas jurídicas, en cuanto a la exigencia de presentar copias autorizadas tanto de la escritura de constitución de sociedad, como de sus modificaciones posteriores, si las hubiere, lo que debe entenderse como una sola regla, insertando en la nómina anotada este último requisito.

En efecto, el numeral 290.2 estatuye que...

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