Dictamen nº 25621 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238907994

Dictamen nº 25621 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2007

N° 25.621 Fecha : 8-VI-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General don M.G., Director de Obras, grado 4°, de la planta de directivos, de la Municipalidad de San Miguel, reclamando por cuanto ese municipio mediante el decreto N° 502, de 2007, dispuso la ampliación del cometido funcionario que le había sido ordenado a través del decreto N° 535, de 2006; como asimismo, se determine la factibilidad de investigar por parte de este Organismo de Control, en atención a algunos hechos acontecidos con motivo de la ejecución de las labores que le fueron encomendadas.

En efecto, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, se ha podido determinar que el referido municipio, mediante el aludido decreto N° 502, de 2007, dispuso la prórroga por cuatro meses, a contar del 23 de marzo del presente año, del cometido funcionario decretado con anterioridad, respecto del interesado, por el plazo de doce meses, mediante el decreto N° 535, de 2006, a fin de que regularizara la situación de todos los inmuebles municipales, en especial el Edificio Consistorial y el Gimnasio Olímpico, habiendo quedado liberado del cumplimiento de sus funciones como Director de Obras Municipales.

Sobre el particular, debe señalarse que en conformidad con lo preceptuado por el artículo 75°, de la ley N° 18.883, los funcionarios municipales pueden cumplir cometidos funcionarios que los obliguen a desplazarse dentro o fuera de su lugar de desempeño habitual para realizar labores inherentes al cargo que sirven.

Al respecto, cabe hacer presente que esta Contraloría General ha manifestado que el cometido funcionario es una figura jurídica que por su naturaleza descansa sobre la base de una extensión limitada en el tiempo, al referirse al cumplimiento transitorio de labores específicas.

Además, es necesario precisar que debe evitarse que esa figura legal se transforme en una forma de asignación permanente de funciones, separando a él o los funcionarios que lo desempeñen, de los cargos para los cuales fueron nombrados.

Por otra parte, si bien es cierto que los cometidos funcionarios no transgreden el principio relativo al derecho a la función, el cual implica el legítimo derecho que posee todo servidor público de...

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