Dictamen nº 19677 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238907534

Dictamen nº 19677 de Contraloría General de la República, de 21 de Abril de 2004

MateriaDerecho Público y Administrativo

Nº 19.677 Fecha: 21-IV-2004

Don X.X., en representación de la Sociedad Applus Chile S.A., solicita a esta Contraloría General un pronunciamiento en torno a la decisión de la Subsecretaría de Transportes de rechazar la propuesta presentada a la licitación pública convocada por dicho Servicio mediante resolución exenta Nº 740, de 2003, a fin de otorgar concesiones para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en la Región Metropolitana, en razón de que la firma habría incurrido en una causal de descalificación al presentar las boletas de garantía exigidas a nombre del "Subsecretario de Transportes, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones", en circunstancias que conforme a la cláusula 3.3.1, letra b), de las respectivas bases de licitación, aquéllas debían otorgarse a nombre del Subsecretario de Transportes. Finalmente solicita se ordene enmendar el error en que han incurrido los funcionarios que participaron en la apertura de la propuesta indicada, y se considere que las cuatro boletas de garantía acompañadas al citado concurso están ajustadas a los términos que se requieren para caucionar las ofertas presentadas.

Posteriormente, la sociedad recurrente, complementando su solicitud, expresa que al emitirse los instrumentos de garantía en la forma señalada, no altera -la circunstancia de que el único beneficiario de ellas sea el Subsecretario de Transportes, en su calidad de Jefe del Servicio, postura que es avalada por la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado, y los dictámenes Nos. 42.421, de 2001, 24.287 y 43.292 de 2002, en cuanto en estos informes jurídicos se concluye que los criterios de la Administración en los concursos a que convoque deben ser finalistas, en contraposición al excesivo formalismo.

Requerido informe a la Subsecretaría de Transportes, éste se evacuó mediante ORD. Nº 1.269, de 2004, en el cual expresa, en síntesis, que el punto 3.3.1 letra b), "Presentación de las propuestas", de las bases de licitación, aprobadas mediante resolución Nº 2, de 2003, del Ministerio del ramo, es claro al preceptuar que para garantizar la seriedad de su propuesta, cada proponente deberá presentar en su Oferta Técnica una Boleta Bancaria de Garantía extendida a la orden del Subsecretario de Transportes, en la forma que dicho pliego de condiciones indica. Agrega, asimismo, que el punto 3.3.2.1, letra b), de las mismas bases exige que la Oferta Técnica deberá...

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