Dictamen nº 21072 de Contraloría General de la República, de 5 de Mayo de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238904494

Dictamen nº 21072 de Contraloría General de la República, de 5 de Mayo de 2006

N° 21.072 Fecha: 5-V-2006

La Contraloría Regional de Antofagasta ha remitido una consulta del Intendente Regional, acerca de la procedencia de pagar la adquisición de equipos de seguridad y vigilancia del proyecto "Mejoramiento Museografía Museo Regional de Antofagasta", financiado con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, atendido que la Ley de Presupuestos para el año 2006, N° 20.083, en la glosa 03, letra f), común para los programas de inversión de los gobiernos regionales, contiene una prohibición que impide financiar, entre otros, proyectos que consulten la adquisición de equipamiento computacional para instituciones públicas que se encuentren en la cobertura de dicha ley, situación que se presenta respecto de la Dirección de Bibliotecas Archivos y Museos, de la que depende el referido museo.

A la referida consulta se adjunta un informe del asesor jurídico del gobierno regional, en el que se expresa, en síntesis, que no existiría inconveniente jurídico en proceder a la solución del respectivo estado de pago, no obstante que la aludida glosa presupuestaria impide financiar la adquisición de equipamiento computacional, porque los bienes a que se refiere el proyecto se inscriben dentro de un ítem relativo a equipos de seguridad y vigilancia y no están destinados a atender las necesidades ordinarias del funcionamiento de una institución que recibe su financiamiento de parte de la ley de presupuestos.

Agrega dicho informe que en este caso el equipo computacional forma parte de un todo que tiene por objeto atender otras necesidades ineludibles con tecnología moderna, las que requieren ordenadores y programas computacionales, pero que en si no son el objeto de la adquisición.

Al respecto, cabe anotar que el inciso segundo del artículo 115 de la Constitución Política, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, prescribe, en lo que interesa, que la Ley de Presupuestos de la Nación "contemplará una proporción del total de los gastos de inversión pública que determine, con la denominación de fondo nacional de desarrollo regional".

Por su parte, el artículo 74 de Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por DFL. N° 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, en armonía con el citado precepto de la carta Fundamental...

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