Dictamen nº 29034 de Contraloría General de la República, de 24 de Junio de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238903818

Dictamen nº 29034 de Contraloría General de la República, de 24 de Junio de 2008

N° 29.034 Fecha: 24-VI-2008

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana expone que don José Belleti Barrera, médico patólogo forense, doña Mariana Rosemblatt Bono, antropólogo forense, y don Juan Pablo Bono-core Berardi, abogado, le solicitaron la exhumación de los restos de don Manuel Rodríguez Erdoíza, desde el Cementerio General de Santiago, para la realización de análisis antropológico forenses, médico forenses, biológicos y arqueológicos, con el objeto de verificar, utilizando medios científicos comprobables bajo los estándares actuales, la identidad de dichos restos y, asimismo, proveer a la reconstrucción histórica de las circunstancias relacionadas con la muerte del patriota antes mencionado, todo ello dentro del marco de un proyecto de investigación patrocinado por la Universidad Pedro de Valdivia.

Agrega la peticionaria que mediante resolución exenta N° 34.159, de 2007, rechazó la referida solicitud, por estimar que al tenor de la preceptiva legal y reglamentaria vigente, carecería de atribuciones para autorizar una exhumación con la finalidad antedicha, medida a cuyo respecto don Jaime Pablo Jansana Medina y doña Mariana Rosemblatt, interpusieron un recurso de reposición donde aducen diversos antecedentes, de hecho y de derecho, adjuntando, entre otros documentos, una declaración ante notario de familiares de don Manuel Rodríguez, en orden a que conocen la referida investigación y apoyan esa solicitud de reconsideración, y también una petición en igual sentido formulada por don Gonzalo Menchaca Olivares, invocando la calidad de descendiente directo del prócer de la Patria.

Manifiesta esa Secretaría Regional Ministerial que aun cuando, a su juicio, no existen disposiciones que regulen la exhumación con el propósito señalado, considerando lo expuesto en la aludida solicitud de reconsideración y atendido que el tenor del artículo 139 del Código Sanitario le suscita dudas sobre su alcance, ha estimado pertinente, para mejor resolver, solicitar de esta Contraloría General un pronunciamiento que determine si está dentro del ámbito de su competencia otorgar la habilitación en comento.

Por su parte, don Jaime Jansana Medina, también se ha dirigido a este Organismo de Control en relación con la materia, adjuntando documentos en orden a demostrar que el Patio Histórico Arriarán del Cementerio General de Santiago, donde se encuentran los restos atribuidos a don Manuel Rodríguez, no tiene la calidad de Monumento...

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