Dictamen nº 21726 de Contraloría General de la República, de 30 de Abril de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238903214

Dictamen nº 21726 de Contraloría General de la República, de 30 de Abril de 2004

N° 21.726 Fecha: 30-IV -2004

Se ha dirigido a esta Contraloría General don XX, solicitando un pronunciamiento que determine si es posible acogerse a los beneficios de la ley N° 19.123, para los efectos de condonar su deuda por concepto de Crédito Universitario.

Solicitado su i nforme, el Rector de la Universidad de Santiago de Chile evacuó mediante el oficio N° 85, de 2004, señalando que la ley N° 19.123, creó la Corporación de Reparación y Reconciliación, Servicio Público Descentralizado y sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, normativa en la que además se establece que los alumnos de universidades estatales con aporte fiscal que se encontraren en la situación prevista por la citada Ley, tendrán derecho al pago de la matrícula y del arancel mensual, siendo el costo de este beneficio de cargo del Fondo de Becas y Desarrollo de Educación Superior del Ministerio de Educación.

Además, manifiesta que el artículo 31 de la ley N° 19.123 señala que el subsidio se pagará mientras el alumno acredite su calidad de tal y se devengará durante los meses lectivos de cada año, no contemplando dicho texto legal la condonación de las deudas por concepto de crédito universitario. Por otro lado, la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación dejó de tener vigencia legal a contar del 1 ° de enero de 1996 en virtud de la ley N°19.441. Finalmente, señala que el interesado podrá acogerse a los beneficios de la ley N° 19.848 que establece la posibilidad de reprogramar su deuda.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que la mencionada ley N° 19.123, que creó la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, dispone en su artículo 29 que los hijos de los causantes indicados en el artículo 18 de esta Ley tendrán derecho a recibir los beneficios de carácter educacional que se establecen en el presente Título, agregando, en su inciso segundo, que la edad...

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