Dictamen nº 55616 de Contraloría General de la República, de 25 de Noviembre de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238902342

Dictamen nº 55616 de Contraloría General de la República, de 25 de Noviembre de 2008

N° 55.616 Fecha: 25-XI-2008

Mediante oficio N° 1.592/SEC/07, el Presidente del Senado ha remitido a esta Contraloría General, la solicitud de la Senadora Sra. Evelyn Matthei Fornet, quien requiere a este Organismo de Control, un informe sobre la procedencia y facultades que tendría CODELCO para donar un millón de dólares a la Fundación Teletón.

Requerido informe sobre la materia, la Comisión Chilena del Cobre expresa, por oficio N° 131 de 2008, que el Consejero Jurídico de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, al tenor de las interrogantes específicamente planteadas, ha informado mediante oficios N°s 138 y 404 del año en curso, que esa Corporación no ha efectuado ninguna donación a la Fundación Teletón y que la oferta dirigida a esta última, contenida en la carta de 1° de diciembre de 2007, cuya copia se adjunta, constituye una contribución para concurrir al financiamiento de la construcción de un Instituto de Rehabilitación en la ciudad de Calama, por la suma de un millón de dólares de los Estados Unidos de América, la que se encuentra sujeta a la suscripción de un convenio que la regule, proyecto que contará, además, con la colaboración de las autoridades regionales y del Ministerio de Bienes Nacionales. Agrega, que ello contribuirá a extender las iniciativas de bien social de la referida Fundación en la Región de Antofagasta y se traducirá, también, en un beneficio para los hijos de trabajadores de CODELCO que requieren de rehabilitación.

Seguidamente, manifiesta que los fines de CODELCO, conforme a su ley orgánica, la habilitarían, en su calidad de empresa comercial, para llevar a cabo toda clase de actividades civiles, comerciales y de cualquier otra naturaleza, que sean necesarias o convenientes para la empresa, lo que comprende, en su concepto, las iniciativas destinadas a mejorar la calidad de vida de sus trabajadores y sus familias. Respecto del caso específico de que se trata, señala que la contribución que eventualmente se haga a la Fundación Teletón se encuentra comprendida dentro del ámbito de las facultades del Vicepresidente de la División Codelco Norte, sin perjuicio que para este caso haya contado con la expresa aprobación del Presidente Ejecutivo de la Corporación.

En relación con la materia planteada es menester tener presente que el decreto ley N° 1.350 de 1976, crea la Corporación Nacional del Cobre de Chile, empresa del Estado, minera, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se...

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