Dictamen nº 19534 de Contraloría General de la República, de 25 de Abril de 2008 - Doctrina Administrativa - VLEX 238896362

Dictamen nº 19534 de Contraloría General de la República, de 25 de Abril de 2008

N° 19.534 Fecha: 25-IV-2008

Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la Resolución N° 125, de 2007, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que aprueba las bases administrativas y técnicas de la propuesta pública para la contratación del servicio de diseño, desarrollo e implementación de un sistema de atención consular para la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores y de sus servicios asociados de hosting y mantención, por cuanto no se ajusta a derecho.

Al respecto, corresponde observar, en primer término, el punto N° 5 de las bases administrativas, el cual señala que la licitación y el contrato que de ella emane se regirán por las normas contenidas en los documentos que indica, entre los cuales se menciona "Otros antecedentes documentados que solicite a los oferentes el Ministerio de Relaciones Exteriores", toda vez que los procesos licitatorios y los contratos que al efecto se celebren se rigen por las bases administrativas y técnicas respectivas, las consultas y aclaraciones de las mismas y la oferta, sin que sea dable que dicha Secretaría de Estado amplíe dichos documentos a otros adicionales.

Enseguida, se debe objetar, el punto N° 8 de las citadas bases -referido al calendario de la licitación-, por cuanto no indica el plazo de entrega de las ofertas, lo que no se ajusta al artículo 22, N° 3, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, según el cual dicho plazo se debe consignar obligatoriamente en el pliego de condiciones.

A continuación, procede observar el numeral 11 del documento en análisis, en cuanto señala que no podrán participar en la licitación quienes tengan conflictos de intereses con el Ministerio de Relaciones Exteriores, dado que las únicas inhabilidades para contratar con el Estado se encuentran contempladas en el artículo 4° de la citada ley N° 19.886.

Asimismo, . corresponde objetar los números 25, letra a); 27, letra b); 28 N° 2; 29; 34 y 35, de las bases en estudio, toda vez que exigen a los oferentes hacer llegar los antecedentes administrativos, legales y curriculares, a través de formularios, en soporte papel, lo cual, tal como ha expresado esta Contraloría General en sus dictámenes N°s 53.449, de 2005, 22.256, de 2006, y 17.272 y 41.106, de 2007, no se ajusta al artículo 18 de ley N° 19.886, en virtud del...

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