Dictamen nº 58809 de Contraloría General de la República, de 26 de Octubre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238889166

Dictamen nº 58809 de Contraloría General de la República, de 26 de Octubre de 2009

N° 58.809 Fecha: 26-X-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Eugenia Serrano Rubio, profesional funcionario, para solicitar un pronunciamiento que determine si puede desempeñarse en organismos de salud dependientes de las Municipalidades sin perder la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo cuarto transitorio de la ley N° 20.261, a la cual se acogió.

Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° de la ley N° 19.378, se entenderá por establecimientos municipales de atención primaria de salud -entre los cuales corresponde considerar a los que se refiere la consulta-, los consultorios generales urbanos y rurales, las postas rurales y cualquier otra clase de establecimientos de salud administrados por las municipalidades o las instituciones sin fines de lucro que los administren en virtud de convenios celebrados con ellas.

Precisado lo anterior, es dable anotar que el artículo cuarto transitorio de la ley N° 20.261, concede una bonificación por retiro voluntario a los profesionales funcionarios de planta y a contrata, que se desempeñen en alguno de los Servicios de Salud señalados en el artículo 16 del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que estén regidos por las normas que indica, así como a los funcionarios de los establecimientos de salud de carácter experimental creados por los decretos con fuerza de ley N os 29, 30 y 31, todos de 2001 y de la misma cartera ministerial, que al 31 de diciembre de 2008 tengan o cumplan las edades que precisa, y que hagan efectiva su renuncia voluntaria en el término que fija.

La misma disposición transitoria añade que los funcionarios que cesen en sus cargos por aplicación de lo dispuesto en este...

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