Dictamen nº 35940 de Contraloría General de la República, de 7 de Julio de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238873390

Dictamen nº 35940 de Contraloría General de la República, de 7 de Julio de 2009

N° 35.940 Fecha: 07-VII-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Hernán Erik Caviedes Césped, Comisario de la Policía de Investigaciones de Chile, para reclamar en contra de la decisión adoptada por la Junta de Apelaciones de esa institución policial, que resolvió incluirlo en la lista anual de retiros del año 2008, por cuanto, a su juicio, esa determinación no se encontraría ajustada a derecho.

Requerido su informe, el mencionado organismo ha señalado, en síntesis, que la incorporación del ocurrente en la lista anual de retiros 2008, se ha efectuado de conformidad con las disposiciones que regulan la materia.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 61 del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, dispone, en lo pertinente, que a la Junta Calificadora de Oficiales Superiores y Jefes le corresponderá formar la lista de retiros.

Luego, el artículo 71 del citado texto estatutario dispone que el Presidente de la República, a proposición del Director General de la Policía de Investigaciones, con anterioridad a la primera reunión de las Juntas Calificadoras, determinará anualmente el número o cuota de oficiales que deben alejarse, de acuerdo a las necesidades de la Institución, estableciendo que la lista de retiros se conformará sucesivamente con los funcionarios clasificados en: Lista N° 4, aquellos que se encuentren por segunda vez consecutiva en Lista N° 3, los incluidos en la Lista N° 3 y quienes integran la Lista N° 2.

Al respecto, tal como ha señalado la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 11.968, de 1997 y 56.953, de 2007, es una atribución de la Junta de Oficiales Superiores y Jefes proponer la nómina de oficiales que deben integrar la lista anual de retiros, lo que no implica la aplicación de una medida disciplinaria, correspondiéndole a este Organismo Fiscalizador verificar que la resolución dictada al efecto se encuentre debidamente fundamentada.

Lo anterior, pues la inclusión en la lista de retiros de funcionarios cuya calificación les permitiría mantenerse en la Policía de Investigaciones de Chile afecta la carrera funcionaria y, por consiguiente, debe estar...

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