Dictamen nº 14325 de Contraloría General de la República, de 19 de Marzo de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238847602

Dictamen nº 14325 de Contraloría General de la República, de 19 de Marzo de 2009

N° 14.325 Fecha: 19-III-2009

Mediante oficio N° 6.195 de 2008, el Jefe de la Oficina de Informaciones del Senado solicita se informe en relación con la configuración de causales de inhabilidad o incompatibilidad respecto del señor Julio Núñez Farías, en su calidad de contratado a honorarios por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA), con desempeño en el Centro de Salud de Valparaíso de esa Entidad.

Al respecto, corresponde manifestar, en primer término, que tal como se precisa en el dictamen N° 10.751 de 2008, con fecha 30 de junio de 2003, CAPREDENA suscribió un "convenio de prestación de servicios profesionales a honorarios en base a renta variable" con el señalado profesional, en virtud del cual se le contrató entonces por 34 horas mensuales, retribuyéndosele sus servicios con un valor ascendente al 57% de las consultas médicas realizadas y al 20% de los exámenes y procedimientos practicados, condiciones que fueron modificadas en diversas oportunidades, dejándose constancia de las mismas en acuerdos anexos a dicho convenio,

Así, con fecha 1 de octubre de 2005, en el marco del referido contrato y bajo la misma modalidad de honorarios, le fue agregada la labor de Subdirector Técnico del Centro Médico del Centro de Salud de Valparaíso, con una jornada de 64 horas mensuales y una renta fija de $ 624.832 por este concepto, cantidad y monto que fueron acordados rebajar a 40 horas mensuales y a $ 390.520 como renta fija, a contar del 7 de noviembre de 2005, suma que resulta proporcional a la disminución del tiempo de prestación de estos servicios, a razón de $ 9.763 por hora.

Sobre dicha base, desde octubre de 2005 hasta febrero de 2006, al señor Núñez Farías le fueron pagados, por este mismo concepto, honorarios cuyos montos resultan proporcionales a las horas mensuales efectivamente trabajadas en esa labor, totalizando la cantidad de $ 2.279.22 en dicho período por este concepto, monto al cual se agregan otros honorarios, ascendentes a $ 41.500.583 en el mismo lapso, por la realización de las atenciones y prestaciones médicas propias de su especialidad acordadas en el convenio original.

En este orden de ideas, debe consignarse que CAPREDENA dispuso el término de este convenio a contar del 4 de mayo de 2006, lo cual consta en resolución N° 377, de 9 de mayo de ese mismo año, que fue tomada razón por este órgano de Control el día 23 de mayo de 2006.

Enseguida, es menester anotar que con motivo de diversas presentaciones...

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