Dictamen nº 10342 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238844090

Dictamen nº 10342 de Contraloría General de la República, de 27 de Febrero de 2009

N° 10.342 Fecha: 27-II-2009

Don Marcial Astaburuaga Labra solicita a esta Contraloría General una investigación respecto de lo obrado por el inspector fiscal de la consultoría denominada "Asesoría para la Precalificación del Programa de Concesiones de Infraestructura Hospitalaria", contratada por la Dirección General de Obras Públicas con la empresa R & Q Ingeniería S.A., al permitir su reemplazo como jefe de la misma y autorizar que se designara en tal cargo a don Rodrigo Urzúa Álvarez, quien, a su juicio, no cumplía con las exigencias contempladas en las bases administrativas, en especial en lo que se refiere a la experiencia necesaria para desempeñar tal labor.

El informe recabado al Ministerio de Obras Públicas fue evacuado por oficio N° 4.046, de 2008, de la Fiscalía de esa Secretaría de Estado, el que se limita a adjuntar el oficio N° 2.264, del mismo año, del Coordinador de Concesiones de Obras Públicas de esa Cartera, el que, en síntesis, expresa que el Inspector Fiscal analizó los antecedentes profesionales y de experiencia de don Rodrigo Urzúa Álvarez para desempeñar el cargo de jefe de la asesoría citada, y estimó que tenía méritos similares e incluso superiores a los requeridos en la oferta técnica, por lo que aprobó el cambio solicitado, mediante el oficio N° 143, de 6 de septiembre de 2007.

Sobre el particular, procede consignar que el artículo 67, inciso primero, del decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para la Contratación de Trabajos de Consultoría, prescribe que el consultor deberá hacer intervenir en los trabajos al personal individualizado en su Propuesta Técnica. El inciso tercero añade, en lo que interesa, que si el Consultor solicita un cambio de personal individualizado en su Oferta Técnica, deberá requerirlo y proponer la persona reemplazante, que también deberá tener méritos similares, o superiores, al incluido en la Oferta Técnica.

Enseguida, cabe tener presente que el párrafo primero del punto 3.4, "Personal de la Consultoría", de los términos de referencia de las bases de licitación del contrato en estudio, dispone que será responsabilidad del consultor proponer el equipo de profesionales y técnicos expertos, que sean necesarios para el buen desempeño y cumplimiento de las tareas de la asesoría de acuerdo a la metodología propuesta en la oferta...

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