Dictamen nº 12271 de Contraloría General de la República, de 10 de Marzo de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238841834

Dictamen nº 12271 de Contraloría General de la República, de 10 de Marzo de 2009

N° 12.271 Fecha: 10-III-2009

La Sección Previsión Social, Administración Civil, de la Subdivisión de Seguridad Social, ha solicitado un pronunciamiento en cuanto a la procedencia de otorgar el beneficio de desahucio en los dos cargos médicos que don Daniel Raúl Cancino Valenzuela, ex profesional funcionario del Servicio de Salud de Antofagasta, sirvió en forma paralela hasta su cese de funciones.

Al efecto, hace presente que el señor Cancino Valenzuela se desempeñó en el aludido Servicio entre el 7 de febrero de 1979 y el 31 de julio de 2008, sirviendo desde el 1° de agosto de 1980 cargos ligados (22/28 horas), liberándose, a contar del 1° de enero de 1997, de su obligación de cumplir guardias nocturnas, razón por la cual resulta necesario determinar si procede aplicarle la norma contenida en la ley N° 19.664, en cuya virtud los antes mencionados cargos ligados pasaron a constituir empleos separados, teniendo en consideración que, a la fecha de vigencia de la referida ley, el peticionario habría estado desempeñando dos cargos de 22 horas.

Sobre el particular, cabe señalar que, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, el solicitante se desempeñó, desde 1980, en cargos médicos ligados de 22/28 horas, habiendo obtenido la liberación de las guardias nocturnas a partir del 1 de enero de 1997, data a contar de la cual siguió sirviendo dos cargos vinculados de 22 horas cada uno, uno de los cuales debía crearse como plaza en extinción, de acuerdo con lo previsto en el inciso final del artículo 6° de la ley N° 19.230.

Es del caso hacer presente, enseguida, que la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control ha establecido, entre otros, en el dictamen N° 21.588, de 2001, que los cargos ligados en que se obtuvo la liberación de efectuar guardias nocturnas con...

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