Dictamen nº 2481 de Contraloría General de la República, de 16 de Enero de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238834170

Dictamen nº 2481 de Contraloría General de la República, de 16 de Enero de 2009

N° 2.481 Fecha: 16-I-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Iván Cristóbal Peña Mardones, abogado grado 7 de la E.U.S., del Consejo de Defensa del Estado, solicitando la revisión del concurso de promoción interna cuyas bases fueron aprobadas mediante resolución N° 877, de 2007, de ese Servicio, convocado para proveer vacantes en la planta directiva, profesional y técnica, entre las cuales se incluye una plaza profesional, grado 6 de la E.U.S., con destinación en la Procuraduría Fiscal de Talca, a que postuló el recurrente, toda vez que, a su juicio, al asignársele el puntaje en diversos factores no se habrían considerado algunos antecedentes, lo cual le ha perjudicado en su resultado final.

Como cuestión previa, es útil anotar que la juridicidad del proceso de selección en comento ya fue revisada al efectuar el control preventivo de legalidad del nombramiento en el puesto vacante, de don Sergio Valenzuela Guzmán, dispuesto mediante la resolución N° 142, de 2008, tomada razón el 19 de febrero del mismo año al advertirse que en su realización no se configuraron vicios que afectaren su validez.

No obstante esa precisión, se procederá a atender las alegaciones del interesado, en el orden que se han efectuado.

En primer término, el reclamante expone que en el factor Experiencia Calificada, el comité de selección se habría limitado a ponderar la antigüedad en la Institución, por sobre la mayor similitud entre los cargos desempeñados anteriormente y las funciones requeridas para el empleo concursado, lo que en su caso se cumplía sobradamente.

Al respecto, cumple con señalar que de acuerdo a lo dispuesto en el punto 3.11), de las pautas del concurso en examen, los postulantes a los cargos de directivo y profesionales abogados, debían presentar, entre otros antecedentes, los certificados, debidamente otorgados, que acrediten años de servicios, en funciones afines a la vacante a que se postula, con especificación del área en que el postulante desempeñaba labores.

Dicho lo anterior, cabe manifestar que según consta en el acta de sesión de 6 de febrero de 2008, del comité de selección, los integrantes de ese órgano colegiado establecieron que la experiencia calificada no puede medirse en función de la antigüedad del postulante sino valorando el tipo de ejercicio profesional y similitud de funciones con el cargo concursado, debiendo ser esto acreditado según lo estipulado en las bases respectivas.

Es así como entonces, la comisión evaluadora...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR