Dictamen nº 6227 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238573410

Dictamen nº 6227 de Contraloría General de la República, de 3 de Febrero de 2010

N° 6.227 Fecha: 3-II-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director de Finanzas y Administración Patrimonial de la Universidad de Chile, consultando si para el cálculo del aporte mensual que debe efectuar esa Casa de Estudios Superiores al Fondo Bono Laboral, destinado al pago del bono contemplado en la ley Nº 20.305 a sus ex funcionarios que accedan a tal beneficio, se debe considerar el límite de unidades de fomento establecido en los decretos leyes N°s. 3.500 y 3.501, ambos de 1980.

Al respecto, cabe expresar que el citado texto legal, que concede un bono de naturaleza laboral por el monto de $50.000 mensuales, al personal que señala, previo cumplimiento de los requisitos que indica, dispone en su artículo 6°, que ese beneficio se pagará con los recursos provenientes del "Fondo Bono Laboral", que se formará, en lo que interesa, según se expresa en la letra a) de ese precepto, con “el aporte mensual de cada servicio u organismo señalado en el artículo 1°, el que ascenderá a un monto equivalente al 1% de las remuneraciones mensuales imponibles de sus trabajadores”, que a la fecha del aporte, cumplan con los requisitos que se mencionan en esa norma.

De la anotada normativa es posible colegir que por mandato expreso del legislador, la remuneración que se debe tener en cuenta en la determinación del beneficio en comento corresponde al señalado porcentaje, sin que se contemplen limitaciones o topes sobre el particular.

Respecto de lo anterior, cumple con hacer presente que la circunstancia de que para el cálculo de las cotizaciones, los decretos leyes N°s. 3.500 y 3.501, ambos de 1980, hayan señalado una suma tope a efectos de ser considerada como base máxima imponible de las remuneraciones, no implica una...

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