Dictamen nº 1267 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238571250

Dictamen nº 1267 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2010

N° 1.267 Fecha: 11-I-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Ricardo Carrasco Barrientos, Cabo 1° de Carabineros, para solicitar un pronunciamiento que determine si corresponde que el ascenso a su actual grado, sea dispuesto con efecto retroactivo a contar del 2 de enero de 2005, data en que, según su opinión, habría cumplido con los requisitos establecidos para dicha promoción, teniendo en cuenta, además, que mediante resolución exenta N° 1.087, de 25 de septiembre de 2008, del Ministerio de Justicia, fue considerado como si nunca hubiera delinquido para todos los efectos legales y administrativos.

Requerido su informe, el mencionado servicio ha manifestado, en síntesis, que mediante la resolución Nº 1.380, de 2008, el interesado fue ascendido al grado de Cabo 1°, a contar del 1 de julio de 2006, debido a que se encontraba sujeto a un procedimiento judicial por el delito de incumplimiento de deberes militares, lo que impidió su ascenso en la fecha que reclama.

Sobre el particular, cabe señalar que el decreto Nº 5.193, de 1959, del Ministerio del Interior, que aprobó el Reglamento de Selección y Ascensos del Personal de Carabineros, Nº 8, establece en su artículo 63, letra e), que no podrá ascender ningún funcionario que se encuentre procesado, circunstancia que según lo dispuesto en el dictamen Nº 52.027, de 2009, de esta Entidad de Control, debe considerarse como un requisito para la promoción. Agrega el inciso final de esta disposición, en lo que interesa, que el funcionario recobrará todos sus derechos cuando una sentencia a firme lo absuelva o sobresea, lo que no sucedió en la situación en estudio.

De esta manera, entonces, considerando que el peticionario, a la data en que habría cumplido los requisitos...

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