Dictamen nº 5921 de Contraloría General de la República, de 2 de Febrero de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238554430

Dictamen nº 5921 de Contraloría General de la República, de 2 de Febrero de 2010

N° 5.921 Fecha: 02-II-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Omar Oyarzún Detzel, funcionario de la Municipalidad de Lo Barnechea, denunciando que la dilación en que habría incurrido ese municipio, en la tramitación del sumario administrativo instruido mediante decreto N° 1.536, de 2009, habría ocasionado que le suspendieran el pago de horas extraordinarias.

Sobre el particular, cabe señalar, que el artículo 63 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, dispone que el alcalde puede ordenar trabajos extraordinarios a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días sábados, domingos y festivos, cuando hayan de cumplirse tareas impostergables.

En este sentido, debe precisarse que dichos trabajos extraordinarios proceden y otorgan los derechos correlativos -compensación con descanso complementario o pago, según resuelva la autoridad-, cuando se cumplan los siguientes requisitos copulativos: primero, que se trate de tareas impostergables; luego, que exista una orden del jefe superior del servicio; y finalmente, que los trabajos respectivos se realicen a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días sábados, domingos o festivos (aplica el criterio contenido en el dictamen N° 46.554, de 2008).

De esta forma, las horas extraordinarias se caracterizan porque sólo tienen lugar en las condiciones anotadas, debiendo ser autorizadas mediante actos administrativos dictados en forma previa a su ejecución, en los que se individualizará el personal que las...

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