Dictamen nº 12624 de Contraloría General de la República, de 9 de Marzo de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238553706

Dictamen nº 12624 de Contraloría General de la República, de 9 de Marzo de 2010

N° 12.624 Fecha: 09-III-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Amanda Emilia Andrews Tallar, ex docente de la Municipalidad de La Granja, para solicitar el pago del desahucio que, a su juicio, le correspondería por los servicios prestados en ésta, desde el 7 de enero de 1986 al 27 de octubre de 2007.

Además, requiere el pago de un bono que no especifica y que, según señala, le adeudaría el entonces Instituto de Normalización Previsional y, por último, señala que no se le habría incorporado la asignación profesional en el cálculo de su jubilación otorgada en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.

Requerido su informe, la aludida Municipalidad, manifiesta, en síntesis, que con ocasión de su renuncia voluntaria al empleo, mediante el decreto N° 2.869, de 2007, de ese origen, se puso término a la relación laboral de la interesada y se le otorgó una bonificación de $14.410.000.-, en consideración a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la ley N° 20.158, añadiendo que no resulta procedente el pago de ninguna otra indemnización con motivo del referido cese, mientras no se resuelva la reconsideración al dictamen N° 44.766, de 2008, de esta Institución de Control, que estableció, en lo que interesa, que los beneficios regulados en el citado precepto y en el artículo 2° transitorio de la ley N o 19.070, eran compatibles, materia que se encuentra actualmente en estudio en esta Institución de Fiscalización.

A su vez, el Instituto de Previsión Social señala que la reclamante registra cotizaciones en el Fondo de Desahucio por el período que media entre el 1 de enero de 1990 y el 31 de mayo de 1992, por lo que se han requerido antecedentes al Ministerio de Educación y a la mencionada Entidad Edilicia, a fin de determinar si enteró otros aportes en el mismo y, de este modo, reconocer los derechos que al efecto puedan asistirle.

Sobre el particular, es dable manifestar que mediante el dictamen N° 49.377, de 2009, de este Organismo Fiscalizador, el que se ratifica en todas sus partes, se le señaló a la solicitante que mediante la liquidación N° 4.053, de...

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