Dictamen nº 66681 de Contraloría General de la República, de 9 de Noviembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237925822

Dictamen nº 66681 de Contraloría General de la República, de 9 de Noviembre de 2010

N° 66.681 Fecha: 09-XI-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Alejandro Domingo Jochava Galaz, ex funcionario de la Municipalidad de Renca, para solicitar un pronunciamiento respecto al pago del desahucio al que, a su juicio, tiene derecho, por el período en que se desempeñó como obrero municipal afecto a la antigua Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República. Añade el recurrente, que ingresó a trabajar en la aludida institución municipal en calidad de obrero, pasando posteriormente a desempeñarse como empleado municipal.

Requerido de informe, el citado municipio señaló que el reclamante no tiene derecho al desahucio en comento, toda vez que si bien tuvo la calidad de obrero municipal, por medio del decreto N° 6, de 10 de enero de 1963, de ese origen, fue nombrado, desde el 1 de igual mes y año, en la planta de empleados municipales, no correspondiéndole acceder al beneficio que requiere. Agrega que, en todo caso, el plazo de que dispuso para pedirlo se encuentra actualmente prescrito.

Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 1° de la ley N° 7.390, sustituido por la ley N° 11.531 , establece, en lo que interesa, que los obreros que presten sus servicios en las municipalidades y cesen en sus funciones por cualquier causa, tienen derecho a un desahucio correspondiente a 30 días de sueldo por cada año de servicio o fracción de tiempo no inferior a seis meses.

Por su parte, el artículo 2° del mismo texto legal preceptúa que estos desahucios serán de cargo de las municipalidades, las que deberán consultar en sus respectivos presupuestos las sumas necesarias a tal fin.

De este modo, los obreros municipales, al cesar en el desempeño de sus empleos, tienen derecho a obtener el citado beneficio indemnizatorio, siempre que tengan a lo menos un año o...

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