Dictamen nº 78820 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237646406

Dictamen nº 78820 de Contraloría General de la República, de 28 de Diciembre de 2010

N° 78.820 Fecha: 28-XII-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Denisse Lazo González requiriendo que este Organismo disponga que sea eximida de la obligación de integrarse a las universidades o demás instituciones docentes o de investigación o a la Administración por un período de a lo menos el doble de tiempo que permaneció en el exterior cursando estudios de magíster en calidad de becaria, acorde con lo dispuesto en el artículo 7° del decreto con fuerza de ley N° 22, de 1981, del Ministerio de Educación ya que, según señala, hace nueve meses regresó al país y no ha podido encontrar trabajo en las referidas entidades, no obstante haber enviado numerosas postulaciones.

Requerido su informe, la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica -CONICYT- manifiesta que no estaría facultada para eximir a los becarios de las obligaciones establecidas en el citado decreto con fuerza de ley, entre las cuales se encuentra aquella por la cual consulta la peticionaria, ni podría conceder mayores plazos para el cumplimiento de dichos deberes, pues se podría configurar la extinción de las acciones legales en contra de los adjudicatarios. Añade, que la normativa en comento tampoco le ha encomendado el deber de colocación laboral de los estudiantes al término de la beca, siendo responsabilidad de éstos conseguir el empleo que les permita cumplir con la obligación de que se trata. Concluye señalando que, en su concepto, debieran enviarse los antecedentes de la peticionaria al Consejo de Defensa del Estado para que interponga las acciones derivadas del incumplimiento de la aludida obligación.

Sobre el particular, cabe hacer presente que el decreto con fuerza de ley N° 22, de 1981, del Ministerio de Educación, creó un programa especial de becas para el perfeccionamiento en el extranjero de los egresados de las universidades e institutos profesionales del país, el que a partir de la ley N° 20.314, de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, está sujeto a la administración, control y seguimiento de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, estableciéndose expresamente el deber de esa Comisión de cautelar la observancia de las obligaciones contraídas por los becarios, atribuciones que han sido reiteradas por la Ley de Presupuestos de este año 2010.

A su turno, en el artículo 7° del citado texto legal, se establecen taxativamente las obligaciones a que se encuentran sujetos los becarios, entre las que se...

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