Dictamen nº 74844 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237645758

Dictamen nº 74844 de Contraloría General de la República, de 14 de Diciembre de 2010

N° 74.844 Fecha: 14-XII-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Verónica del Carmen Tapia Venegas, en representación de su hermana, doña Patricia Cristina Tapia Venegas, cónyuge sobreviviente de don José Arturo Maldonado Alvear, ex funcionario de la Armada de Chile, exonerado político, fallecido el 1 de marzo 2006, para solicitar que se le paguen las sumas correspondientes a la pensión no contributiva de retiro que favorecía al individualizado causante desde esa data, como el bono de la ley N° 19.992, toda vez que, según expone, existirían antecedentes de que los respectivos organismos previsionales habrían entregado esos beneficios con posterioridad a la fecha de deceso del causante.

Requerido su informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas manifiesta, en síntesis, que de acuerdo con lo expresado por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional la pensión no contributiva del referido ex uniformado fue cobrada hasta el mes de marzo de 2008, toda vez que a esa fecha no existían antecedentes del registro de su defunción.

Agrega que el 22 de abril de 2010 la recurrente regularizó la documentación exigida para impetrar su montepío, por lo que, por medio de su resolución N° 1.023, de 2010, se le concedió este beneficio de sobrevivencia, a contar de esa fecha.

Por su parte, el Instituto de Previsión Social indica que en el mes de diciembre de 2004, el señor Maldonado Alvear, que figuraba en el Listado de Prisioneros Políticos y Torturados de la Nómina de Personas reconocidas como víctimas de las violaciones a los derechos humanos, que forma parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, solicitó acogerse a los beneficios de la ley N° 19.992, no obstante lo cual, el día 26 de mayo de 2006 y por intermedio de su apoderado, su hermano don Hugo Isaac Maldonado Alvear, optó por continuar percibiendo la jubilación no contributiva, por gracia, obteniendo asimismo, el bono de $ 3.000.000.-, a que alude el inciso tercero del artículo 2° de dicho texto legal, el que fue cobrado por este mandatario el 5 de septiembre de ese año, en oficinas del Banco del Estado de Chile.

Sobre el particular, es dable anotar que, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el causante, exonerado político de la Armada de Chile y titular de una pensión no contributiva, de retiro, falleció el 1 de marzo 2006, no obstante lo cual, la señora...

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