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Decreto núm. 2581 EXENTO, publicado el 20 de Febrero de 2014. ASIGNA NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS APLICABLES A POLÍGONO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Rango de LeyDecreto

ASIGNA NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS APLICABLES A POLÍGONO QUE INDICA

Núm. 2.581 exento.- Santa Cruz, 18 de diciembre de 2013.- Considerando:

  1. Que la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo 59º, declaraba de utilidad pública todos los terrenos consultados en el Plan Regulador, destinados a vialidad, áreas verdes y equipamiento, con el objeto de permitir su expropiación, sin establecer plazos para que los inmuebles gravados fueran expropiados.

  2. Que el 13 de febrero de 2004 entró en vigencia la Ley Nº 19.939, que reemplazó el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, fijando plazos de caducidad diferenciados para los terrenos consultados en los Planes Reguladores Comunales e Intercomunales destinados sólo a vías expresas, troncales, colectoras, locales y de servicio, parques Intercomunales y comunales, incluidos sus ensanches.

  3. Que la ley Nº 19.939 estableció que las declaratorias de utilidad pública en las áreas urbanas destinadas a vías troncales y colectoras y parques Intercomunales podían prorrogarse por una sola vez por igual período.

  4. Que la ley Nº 19.939 estableció en su Artículo Transitorio que las declaratorias vigentes a la fecha de su publicación caducarán automáticamente, junto a sus efectos, en los mismos plazos establecidos en los incisos segundo y tercero del artículo 59º, contados a partir de la fecha de la declaratoria, estableciendo, en todo caso, que éstas permanecerían vigentes por un plazo de cinco años desde la entrada en vigencia de la mencionada ley Nº 19.939, plazo que expiró el 13 de febrero de 2009.

  5. Que el 12 de febrero de 2009 entró en vigencia la ley Nº 20.331, que renovó las vigencias de las declaratorias de utilidad pública a que se refiere el inciso primero del artículo transitorio de la ley Nº 19.939, por el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación, prorrogando el plazo hasta el 12 de febrero de 2010.

  6. Que producto de lo establecido en el Art. 59º de la LGUC y lo aprobado en la Modificación al Plan Regulador Comunal de Santa Cruz de 1998, caduca la declaratoria de utilidad pública del terreno correspondiente a parte del Parque Estero Chimbarongo.

  7. Que mediante la DDU 229, Circular Ord. Nº 136, de fecha 15 de febrero de 2010, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Urbanismo y Construcciones informó sobre el procedimiento para establecer las nuevas normas urbanísticas aplicables a terrenos cuya declaratoria de utilidad pública hubiere caducado.

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