Resolución núm. 1398 EXENTA, publicada el 02 de Octubre de 2014. EJECUTA ACUERDO QUE INDICA Y APRUEBA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE APOYO A LA REACTIVACIÓN - PAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
EJECUTA ACUERDO QUE INDICA Y APRUEBA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE APOYO A LA REACTIVACIÓN - PAR
Santiago, 24 de septiembre de 2014.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm.- 1.398 exenta.- Visto:
-
El Acuerdo de Consejo Nº 2.770, de 2013, que modifica el Acuerdo de Consejo Nº 2.681, de 2011, puesto en ejecución por la resolución (A) Nº 28, de 2013, del Vicepresidente Ejecutivo de CORFO, que faculta al Comité de Asignación de Fondos-CAF para aprobar la creación de los instrumentos de financiamiento, programas, concursos; establecer sus objetivos generales, montos y porcentajes máximos de cofinanciamiento, plazos máximos de ejecución, definición de potenciales beneficiarios y criterios de evaluación, así como la modificación de alguno de estos elementos, previa propuesta del Gerente respectivo, a quien le corresponderá dictar el acto administrativo aprobatorio del texto definitivo del correspondiente Reglamento o Bases.
-
El Acuerdo de Consejo Nº 2.769, de 2013, que modifica el Acuerdo de Consejo Nº 2.682, de 2011, que regula el Sistema de Fomento a la Calidad y a la Productividad, puesto en ejecución por resolución (A) Nº 30, de 2013, de CORFO, que aprueba el texto refundido que regulará el mencionado Sistema.
-
El Acuerdo adoptado en Sesión Nº 10/2014, de 1 de septiembre de 2014, de Comité de Asignación de Fondos - CAF, en el que se acordó aprobar la creación del instrumento "Programa de Apoyo a la Reactivación - PAR".
-
Que, las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.
-
Las facultades que me otorga el Acuerdo citado en el Visto Nº 1, el Reglamento General de la Corporación, aprobado por decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Resuelvo:
-
Ejecútase el Acuerdo adoptado en Sesión Nº 10/2014, de 1 de septiembre de 2014, del Comité de Asignación de Fondos - CAF, en el que se acordó aprobar la creación del instrumento "Programa de Apoyo a la Reactivación - PAR".
-
Apruébase el Reglamento del "Programa de Apoyo a la Reactivación", en adelante también denominado "PAR", cuyo texto es del siguiente tenor.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE APOYO A LA REACTIVACIÓN
-
-
CARACTERÍSTICAS GENERALES.
1.1 Objeto.
El objeto general de este Programa es mejorar el potencial productivo y fortalecer la gestión de las empresas y/o emprendedores de una localidad a través del desarrollo de competencias y capacidades y del cofinanciamiento de la inversión, que les permitan acceder a nuevas oportunidades de negocios y/o mantener los existentes.
Para el cumplimiento del objeto antes señalado, se podrán diseñar e implementar Planes de Trabajo con orientación a potenciar las oportunidades de negocio, que podrán incluir capacitaciones, planes de negocio, consultorías, asistencia técnica y proyectos de inversión.
Para los efectos de este instrumento, un Proyecto PAR es el conjunto de proyectos individuales, que reúnan entre 5 y 15 empresas y/o emprendedores que pertenezcan a una localidad o sector económico determinado. Este número será exigido al momento de la postulación del Proyecto PAR y aprobación del mismo, por el órgano colegiado competente.
Los objetivos específicos son los siguientes:
. Desarrollar acciones que permitan fortalecer las capacidades
productivas y comerciales.
. Contribuir con el cofinanciamiento a la inversión necesaria para
potenciar y desarrollar el negocio existente y/o acceder a nuevas
oportunidades de negocios.
1.2 Plazo.
Un Proyecto contempla un conjunto de actividades de asistencia técnica, capacitación, consultoría y un proyecto de inversión para cada empresa o emprendedor conforme el Plan de Trabajo aprobado para el Proyecto. Su plazo de ejecución no podrá ser superior a 10 meses.
Excepcionalmente, el Director Regional respectivo, a petición previa...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba