Resolución núm. 1309 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2014. CREA 'CONSEJO ASESOR DE MIPYMES' Y APRUEBA REGLAMENTO POR EL CUAL SE REGIRÁ - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 528312926

Resolución núm. 1309 EXENTA, publicada el 16 de Septiembre de 2014. CREA 'CONSEJO ASESOR DE MIPYMES' Y APRUEBA REGLAMENTO POR EL CUAL SE REGIRÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

CREA "CONSEJO ASESOR DE MIPYMES" Y APRUEBA REGLAMENTO POR EL CUAL SE REGIRÁ

Santiago, 29 de agosto de 2014.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 1.309 exenta.- Visto:

  1. Que, la Corporación reconoce la necesidad de contar con la opinión de los actores relacionados con la pequeña y mediana empresa en sus políticas, programas, planes y acciones.

  2. Que, en virtud de lo anterior, la Corporación ha decidido crear un Consejo Asesor de Mipymes, como un nuevo mecanismo de participación ciudadana en la gestión pública.

  3. Lo preceptuado en la Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, publicada en el Diario Oficial con fecha 16 de febrero de 2011.

  4. Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640; el Reglamento General de la Corporación; y lo establecido en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Resuelvo:

  1. Créase el Consejo Asesor de Mipymes de la CORFO, como un nuevo mecanismo de participación ciudadana en la gestión pública.

  2. Apruébase el siguiente Reglamento del Consejo Asesor Mipymes de la CORFO, cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MIPYMES DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN

Título I DEL CONSEJO Y SUS OBJETIVOS Artículos 1 y 2
Artículo 1º

Créase el Consejo Asesor de Mipymes, como órgano consultivo de participación ciudadana en la gestión de CORFO en apoyo a las Mipymes.

Artículo 2º

El Consejo tendrá por objeto conocer el análisis y sugerencias para las acciones de la Corporación, de actores relacionados con la pequeña y mediana empresa y su quehacer, respecto a las acciones llevadas a cabo por los distintos órganos de la Administración del Estado.

Título II INTEGRANTES DEL CONSEJO Artículos 3 a 8
Artículo 3º El Consejo estará integrado por:
  1. El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, o quien éste designe al efecto.

  2. Dos académicos de reconocida trayectoria en investigaciones y estudios relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas, designados por el Vicepresidente Ejecutivo de CORFO.

  3. Un representante designado por la Unión Nacional de Organizaciones Gremiales de la Micro, Pequeña, Mediana Empresa, Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de Chile - Asociación Gremial - Unapyme - EMT.

  4. Un representante designado por el Consejo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR