Dictamen nº 1990 de Contraloría General de la República, de 19 de Enero de 1994 - Doctrina Administrativa - VLEX 239498954

Dictamen nº 1990 de Contraloría General de la República, de 19 de Enero de 1994

en contrato de trabajo de secretario ejecutivo de consejo regional pueden pactarse todas aquellas retribuciones pecuniarias comprendidas dentro del concepto remuneracion del art/40 del codigo del trabajo, esto es, "las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especies avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo", siempre que no exceda del limite maximo fijado por ley 19175 art/43: grado/4 directivo superior de eus de la administracion publica o su equivalente, incluida asignacion profesional del dl 479/74 art/3, cuando procediere. ello porque acorde citado art/43 la relacion laboral entre ese funcionario y dicho cuerpo colegiado es la contenida en el codigo del trabajo y el limite que fija a la remuneracion el mismo precepto es meramente referencial, por lo que no altera la sujecion de ese empleado a la legislacion comun, en...

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