Decreto núm. 600, publicado el 19 de Octubre de 1994. MODIFICA ORDENANZA N° 1 DE 1992, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE TENO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA N° 1 DE 1992, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 600 exento.- Teno, 23 de Septiembre de 1994.- Vistos: Estos antecedentes;
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Lo preceptuado en los artículos 41 y siguientes del Decreto Ley N° 3.063, de 1979;
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El Decreto Alcaldicio Exento N° 431, de 1994, que promulga acuerdo N° 40 del Concejo de la Comuna de Teno;
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Las facultades conferidas en la Ley N° 18.695, de 1988, y sus posteriores modificaciones, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto fue refundido en el D.S. N° 662, de 1992; y
Considerando: Que, es necesario mantener actualizados los derechos municipales por concesiones, permisos y servicios; he acordado y dicto el siguiente:
Decreto:
Primero: Modifíquese y compleméntese la Ordenanza
Municipal de fecha 02 de febrero de 1982, complementada
por los decretos exentos N°s. 227 de 1989; 104 y 900 de
1990 y por la Ordenanza N° 1 de 1993, en los siguientes
términos:
TITULO: DERECHOS VARIOS
11.- Derechos Uso Gimnasio Municipal
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Uso particulares para fines deportivos:
- Diurno. Hasta las 20:00 horas, horario de verano y 17:00 horas en invierno, sin iluminación, valor hora 0,08 U.T.M.
- Nocturno. De lunes a sábado con iluminación, valor hora 0,15 al 0,20 U.T.M.
- Nocturno. Domingo y festivos con iluminación, valor hora 0,20 al 0,30 U.T.M.
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Uso particulares para bingos y similares, sin venta de bebidas alcohólicas, por hora......
.................0,60 U.T.M.
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Shows artísticos y recitales con afluencia de público en jornadas de 20:00 a 03:00 horas, por día de funcionamiento 6,00 U.T.M.
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Asociaciones de Empleados Municipales, Juntas de Vecinos y otras organizaciones, sin fines de lucro. Se efectuarán convenios especiales con la organización, sin perjuicio del requerimiento de las garantías correspondientes por uso del recinto.
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Uso Establecimientos Educacionales. Se efectuarán...
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