El 17 de diciembre: ¿Es feriado legal o es irrenunciable para el comercio? - 3 de Diciembre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 954917458

El 17 de diciembre: ¿Es feriado legal o es irrenunciable para el comercio?

El próximo 17 de diciembre será el plebiscito para que el electorado se pronuncie a favor o en contra de la propuesta constitucional. Como nuestro sistema electoral cuenta con inscripción automática y voto obligatorio, pueden surgir dudas acerca de los alcances de esta situación respecto del derecho que asiste a los trabajadores para no concurrir a sus labores ese día.Los abogados Pedro Pizarro y Paola Ballas, del estudio Guerrero y Cía. Abogados, nos indican que los artículos 180 del DFL N° 2, y el 35 y 38 del Código del Trabajo establecen que, dependiendo de la naturaleza de las funciones realizadas por el trabajador, el feriado podrá ser legal o irrenunciable.Precisan que el artículo 180 del DFL N° 2 -texto que refunde la Ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios- señala que "el día que se fije para la realización de las elecciones y plebiscitos será feriado legal". Y, el inciso primero del artículo 35 del Código del Trabajo establece que "los domingos y aquellos que la normativa declare festivos serán de descanso, salvo respecto de las actividades autorizadas por ley para trabajar esos días". Entonces, se podría inferir de ello que la regla general es que el día del plebiscito será feriado legal.ExceptuadosNo obstante, el artículo 387 del Código del Trabajo indica que los trabajadores de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica "se encuentran exceptuados de lo establecido en el artículo 180 del DFL N° 2. Por consiguiente, para aquellos empleados, el día del plebiscito no será considerado como feriado legal, sino como irrenunciable".En resumen -sostienen los abogados-, el día 17 de diciembre constituirá un feriado obligatorio e irrenunciable, en la medida que se cumplan con dos requisitos copulativos:1) Los trabajadores deben prestar servicios en centros comerciales.2) Los centros comerciales deben estar administrados bajo una misma razón social o persona jurídica."Si no se cumplen ambos requisitos, y el trabajador se encuentra exceptuado del descanso en días domingo y festivos, deberá concurrir a cumplir su jornada de trabajo (en caso de que así lo disponga su distribución de jornada laboral), conservando el derecho a ausentarse de su trabajo a lo menos por dos horas con el objeto de concurrir a emitir su sufragio, sin que su ausencia pueda significar una disminución de sus remuneraciones", afirman.Y puntualizan que este es el criterio que ha sostenido anteriormente...

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