Ley núm. 14564, publicada el 16 de Mayo de 1961. AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA QUE PROCEDA A ENAJENAR LAS EX UNIDADES DE LA ARMADA, QUE INDICA. - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497352514

Ley núm. 14564, publicada el 16 de Mayo de 1961. AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA QUE PROCEDA A ENAJENAR LAS EX UNIDADES DE LA ARMADA, QUE INDICA.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyLey

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA QUE PROCEDA A ENAJENAR LAS EX UNIDADES DE LA ARMADA, QUE INDICA.

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para que proceda a enajenar, separada o conjuntamente a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, dentro del país o en el exterior, por propuestas públicas que podrá llamar por las veces que estime necesario y las cuales podrá aceptar o rechazar en la misma forma, previo informe de la Comandancia en Jefe de la Armada, el ex Escampavía "Yelcho", el ex Submarino "Thomson", el ex AP.

"Pilcomayo", la ex Barcaza L.S.M. "Guardiamarina Contreras", el ex YT. "Reyes" y el Pontón N° 4 "Abtao" sin el armamento y elementos aprovechables para el servicio de la Armada Nacional.

Las bases y demás condiciones para el llamado y apertura de las propuestas públicas antes aludidas serán fijadas por la Comandancia en Jefe de la Armada.

Artículo 2°

Los bienes fiscales cuya enajenación se autoriza en esta ley, no estarán afectos a ninguna prohibición o limitación para su...

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