Dictamen nº 15835 de Contraloría General de la República, de 5 de Mayo de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239288302

Dictamen nº 15835 de Contraloría General de la República, de 5 de Mayo de 2000

N° 15.835 5-V-2000

Se ha solicitado un pronunciamiento que determine si el título de Ingeniero de Ejecución en Comercio Internacional, otorgado por el Instituto Profesional ESUCOMEX, habilita para percibir el sobresueldo por título profesional universitario contemplado en el artículo 48, letra c) del DFL. N° 2, de 1968, del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.

Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 48, letra c) del citado DFL. N° 2, de 1968, dispone que el personal de Carabineros de Chile que se encuentre en posesión de un título profesional universitario, a excepción del regido por Ley N° 15.076, y que se desempeñe en funciones propias del título tendrá derecho a percibir un sobresueldo de un treinta y cinco por ciento.

Precisado lo anterior, es dable señalar que, el artículo 31, inciso , de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, previene que título profesional es el que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios, cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.

Requerido su informe, la Subsecretaría de Educación, mediante Oficio N° 74, de 2000 manifiesta que el Instituto Profesional ESUCOMEX fue creado en marzo de 1989, bajo las normas del DFL. N° 5, de 1981, del Ministerio de Educación, optando el año 1990, por la acreditación...

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