Dictamen nº 1392 de Contraloría General de la República, de 20 de Enero de 1992 - Doctrina Administrativa - VLEX 239596774

Dictamen nº 1392 de Contraloría General de la República, de 20 de Enero de 1992

normas de letras a y b del art/8 del dfl 178/81 hacienda, que prohiben a los funcionarios del servicio de tesorerias, "ejercer libremente su profesion o su especialidad tecnica u otra actividad remunerada, y expedir informes en materias de su especialidad" y "ocupar cargos directivos, ejecutivos y administrativos en entidades que persigan fines de lucro" se encuentran plenamente vigentes. no procede sostener que dl 3492/80 art/1 diga relacion exclusivamente con el regimen organico de ese servicio, pues si bien su inc/1 faculta al presidente de la republica para reorganizarlo y traspasar alguna de sus funciones a otros organismos del estado, el inc/2 contempla una disposicion que concierne al estatuto administrativo al prevenir que el jefe del estado dictara las normas que estime necesarias relativas al personal del servicio de tesorerias. por tanto, atendida la amplitud de los terminos de esa potestad delegada, el presidente de la republica pudo legitimamente resolver materias propias del regimen estatutario de esos servidores, tal como lo hizo a traves del art/8 del dfl 178/81 hacienda. por otra parte, es propio de la naturaleza del regimen de derecho publico (dfl 338/60, ley 18575, ley 18834) a que estan sometidos los servidores de la administracion, regular materias relativas a desarrollo de las funciones publicas en sus aspectos fundamentales, como medio de garantizar el eficiente desempeno de las mismas, teniendo las obligaciones y prohibiciones un rol relevante en la consecucion de ese fin, desde el momento que...

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