II
Autor | Karl N. Llewellyn |
Páginas | 31-37 |
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BELLEZA Y ESTILO EN EL DERECHO
II
En nuestra propia historia de los últimos cien años, aproxi-
madamente, cabe distinguir con cierta claridad tres períodos que
poseen un estilo característico. Con su peculiar agudeza, Pound
ha llamado sobre ellos la atención y ha señalado corrientes bas-
tante significativas para permitir una común orientación donde
otro solo hubiese hallado la monotonía de una superficie on-
dulada. Quisiera hacer honor aquí a su insistencia, mantenida
durante años, acerca de la existencia de períodos en nuestro De-
recho; una insistencia que, cuando tiene ocasión de penetrar en
la enseñanza doctrinal durante la diaria labor docente entre los
no graduados, añade al estudio de los casos una nueva dimen-
sión de riqueza, de perspectiva histórica y de evolución.6 Pound
ha distinguido una «etapa de formación» que se extiende aproxi-
madamente durante la primera mitad del siglo pasado,7 un pe-
ríodo de «madurez del Derecho», que se centra tal vez entre
1880 y 1900,8 y un moderno período «sociológico» que implica
renovación,9 pero que durante estos últimos años aparece ame-
nazado (según Pound lo considera) por el absolutismo y sus
males congéneres.10 La secuencia «movimiento-consolidación-
6Por esta sola razón creo que estaba justifica do suponer que la Jurisprudencia [Teoría
General del Derecho] sería considerada por muchos años como algo esencial para reali-
zar una labor adecuada en la enseñanza del Derecho a los no graduados.
7A mi juicio, no tan bien expuesta en el libro de ese nombre como en el poderoso, aunque
exagerado, trabajo publicado en el volumen I de Acia. Academiae Universalis Jurisprudentiae
Comparativae, (1928), pág. 183.
8Tratado, por ejemplo, en Pound, «Fifty Years of Jurisprudence», en Harvard Law Review,
vol. 5 0 (1937), página 55 7, y vol. 51 (1937), págs. 444, 477.
9Cfr. Pound, «The Scope and Purpose of Sociological Jurisprudence», en Harvard Law
Review, vol. 24 (1 911), página 591; y en la misma Revista, vol. 25 (1912), pág. 140, con
frecuentes alusiones más concisas desde entonces.
10 Esos temores están e xpresados po r Pound tal vez de la manera má s sostenida en
Contemporary Juristic Theory, capítulos 1 y 2 (19401). Sobre este libro, véase mi recensión
en el vol. 2 6 de American Bar Associ ation Journal (1940), página 876.
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