Las 10 razones que decidieron al Gobierno a anunciar el veto al proyecto de ley de indulto - 20 de Diciembre de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 853294746

Las 10 razones que decidieron al Gobierno a anunciar el veto al proyecto de ley de indulto

La idea de un indulto a los presos del estallido lleva semanas dando vueltas en la opinión pública. Sin embargo, no fue sino hasta el pasado 9 de diciembre que tomó real importancia, cuando la presidenta del Senado, Adriana Muñoz (PPD), junto a otros congresistas, anunció la presentación de un proyecto de ley sobre dicha materia, lo que elevó el debate entre el oficialismo, la oposición y diversos actores del sistema de justicia. Y este lunes, el Presidente Sebastián Piñera anunció la presentación de un veto a la iniciativa legislativa, si esta avanzara en el Congreso.La decisión del Presidente se fundamenta en los argumentos contenidos en una minuta elaborada por el ministro de Justicia, Hernán Larraín, y los subsecretarios de la cartera, Lorena Recabarren y Sebastián Valenzuela. Se trata de un documento, al que tuvo acceso "El Mercurio", con diez razones desde un punto de vista jurídico que sustentan el veto.1 Ausencia de fundamentación para promover un supuesto indulto. El documento plantea que la iniciativa legislativa se fundamenta en la agitación del contexto social, donde hubo saqueos, desórdenes públicos, incendios y otros ilícitos. Se agrega que, por lo tanto, "para el proyecto corresponde aplicar lo que se denomina un indulto, pues (considera que) la respuesta estatal ha sido desproporcionada, acusándose graves violaciones a los derechos humanos".No obstante esto, se esgrime que "no existe una relación causal que permita concluir que se debe prescindir de la sanción penal a aquellos que hayan incurrido en delitos. Si un particular comete un delito, este no deja de ser tal por una sobrerreacción delictiva a su respecto de un agente del Estado".2 Errónea comprensión del derecho a reunión y la protesta. A juicio del equipo de la cartera de Justicia, existe una "errónea comprensión del derecho de reunión y la protesta". Citando la Declaración Universal de Derechos Humanos, hacen hincapié en que "toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacíficas". Destacan el concepto de "pacífica y sin armas", y que este derecho "no puede ejercerse por medio de la violencia". Así, el documento expone que "de acuerdo a los estándares de los derechos humanos relacionados con la protesta, no se aprecia un nexo causal entre la protección de los mismos, como señala el proyecto de ley, y el supuesto indulto que se pretende otorgar, toda vez que este se refiere a delitos comunes".3 Desconocimiento absoluto de las instituciones...

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