Las 10 interrogantes de los escaños reservados para pueblos originarios - 31 de Octubre de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 851258702

Las 10 interrogantes de los escaños reservados para pueblos originarios

Tras el plebiscito del domingo, una de las discusiones que se tuvieron que apresurar en el Congreso es cómo se implementarán los escaños reservados para los 10 pueblos originarios.Así, esta semana se aprobó una serie de indicaciones en la comisión de Constitución del Senado respecto del tema, y entre ellas se acordaron 24 escaños reservados a las 10 etnias y uno al pueblo tribal afrodescendiente.Senadores oficialistas y de oposición prevén una difícil votación la próxima semana en Sala, al punto que podría revisarse en una comisión mixta. Esto, porque no hay acuerdo en gran parte de los puntos, como la autodefinición, el padrón o el número de escaños. Además, existe una discusión si se requiere un quórum de tres quintos o de dos tercios. En la comisión se zanjó que fueran tres quintos, al ser un artículo transitorio de la Constitución; sin embargo, en Sala se puede volver a discutir."El tema está bastante complicado, la oposición e independientes tienen 24 votos y se necesitan 26 (en caso de ser tres quintos; si no, serían 29)", explica el senador Pedro Araya (ind.).En Chile Vamos agregan que hasta ahora están unidos en este tema y buscarán revertir parte de las indicaciones aprobadas.Así, existe una serie de interrogantes sobre qué va a ocurrir con los escaños reservados.1 ¿Quiénes pueden postular? Según las últimas indicaciones aprobadas, en el caso de 9 de los 10 pueblos originarios (sin contar los changos), podrán postular todos las personas que cumplan con los requisitos legales normales, como ser mayor de edad, pero además deberán estar inscritos en la Corporación Nacional Indígena (Conadi). Estos tendrán que ser patrocinados por tres comunidades o cinco asociaciones indígenas también registradas en la Conadi. Además, hay requisitos geográficos. Por ejemplo, para ser candidato aimara se deberá tener domicilio electoral en Arica, Tarapacá o Antofagasta, o el kawésqar, en Magallanes. En el caso mapuche es de Coquimbo a Magallanes. Los changos tendrán un sistema distinto al no tener aún registro en la Conadi. 2 ¿Quiénes pueden votar? Esta es una de las mayores discusiones entre los parlamentarios. Esta semana se aprobó que cualquier persona que se autodefina de una etnia podrá sufragar y, según explica Araya, en cualquier parte de Chile. Es decir, si un capitalino se siente aimara, se deberá acercar al vocal de mesa para que le entreguen la papeleta correspondiente. Desde Chile Vamos sostienen que debería haber un padrón electoral...

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