- Doctrina Administrativa - VLEX 527390038

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2002

Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios. Oficio N° 4122, de 11 de Noviembre de 2002.

Tributación aplicable al contrato de handling de combustible importado a través de la Zona Franca de Iquique.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional Oficio indicado en el antecedente, mediante el cual remite una consulta formulada por el señor xxxxxxxxx, representante legal de la Empresa xxxxxxxxx, quien solicita un pronunciamiento en relación a determinar el tratamiento tributario aplicable al contrato de handling de combustibles importados desde Zona Franca que pretende realizar la Compañía xxxxxxxxxxxxxxx.

    Señala que como en la Zona Franca de Iquique no se vende combustible al detalle, los adquirentes de gasolina o petróleo que deseen hacer uso de las franquicias que otorga el D.F.L. N° 341 de 1977, pueden utilizar el servicio de handling que proporcionan algunas estaciones de servicios de la I Región.

    El servicio que prestaría xxxxxxxxxx, consiste en lo siguiente:

    1. La empresa adquiere combustible en Zona Franca en lotes de 1000 litros por cada adquirente, para lo cual hace uso de un mandato.

    2. Consolida las compras de los lotes de 1000 litros por adquirente, para alcanzar un lote de despacho de 30.000 litros a fin de no pagar un flete falso, ya que esa es la capacidad normal del camión, para luego importarlo a la Zona Franca de Extensión a nombre de cada adquirente.

    3. Posteriormente el combustible es depositado en una o más estaciones de servicios a elección del comprador, quedando a su disposición para ser retirado a través de 40 certificados de depósito o vales por 25 litros cada uno.

    El costo de esta operación para xxxxxxx, es el valor que cada estación de servicio cobra por el handling, el cual estaría afecto a IVA. A su vez, el costo para el adquirente importador, además del valor del combustible, es el valor que xxxxxxx, cobra por sus servicios, el cual incluye el costo soportado por el handling de la estación de servicios, cobro que en su opinión también se encuentra afecto a IVA.

    Manifiesta que los posibles adquirentes del petróleo a través del sistema de handling serían sólo accionistas de xxxxxxxxxx, lo que obedecería exclusivamente a políticas de mercado de la empresa y de lealtad futura.

    Por otra parte expone que, a su juicio, para fines tributarios es irrelevante si el vendedor de los combustibles en la Zona Franca es alguno de los mayoristas tradicionales o bien directamente xxxxxxxxxxx.

    Debido a que en 1986 esta misma operación...

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