Dictamen nº 28104 de Contraloría General de la República, de 6 de Agosto de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239812470

Dictamen nº 28104 de Contraloría General de la República, de 6 de Agosto de 1998

municipalidad de santiago es responsable del pago de las imposiciones adeudadas que corresponden al desahucio reglamentario de los empleados de esa corporacion acorde ley 17322, a partir del 3/11/89, y hasta el momento en que se ejercio, segun el caso, la opcion de compra de acciones de la corporacion de fomento de la produccion, tratandose de la cotizacion sobre la asignacion municipal, y en cuanto a la cotizacion sobre los restantes rubros remuneratorios, desde la fecha en que tales imposiciones hayan debido reintegrarse, hasta el instante en que se efectuo la respectiva opcion de compra, todo ello conforme a la liquidacion que practique el instituto de normalizacion previsional. ello, porque el desahucio reglamentario es un regimen especial e independiente que se rige por un reglamento aprobado para sus empleados por los acuerdos 155 y 168 de 1948 de la municipalidad de santiago y sus modificaciones, y a que se refiere el art/47 del dto 770/48 salud, que contiene el estatuto de la ex caja de prevision social de los empleados municipales de santiago. conforme su art/2, la responsabilidad del beneficio recae en el empleador, el municipio, pero su administracion corresponde a dicha caja.; ademas su art/3 consulta un fondo destinado a cubrir esa indemnizacion por anos de servicios el que se formara, entre otros recursos, con un aporte del municipio equivalente al 4 por ciento de los emolumentos que indica de los empleados municipales en conformidad con su letra b) y con el 4 por ciento de la totalidad de las remuneraciones que perciban los empleados, que se descontara mensualmente, con la unica excepcion de su letra c). cuando el art/1 num/15 del dl 3501/80 en su columna num/2 consulta una cotizacion para el fondo de desahucio del personal afecto al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR