Dictamen nº 6462 de Contraloría General de la República, de 17 de Marzo de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239370338

Dictamen nº 6462 de Contraloría General de la República, de 17 de Marzo de 1988

funcionarios que para realizar un cometido en otra localidad son trasladados en vehiculos de la institucion medica, regresando al lugar de origen en horario que excede al de su jornada habitual, y aquellos que cumplen cometidos funcionarios en ambulancias que trasladan pacientes a cuyo cargo va un auxiliar paramedico u otro profesional sin que tengan que prestar atencion a persona alguna cuando vuelve, no tienen derecho al pago de horas extraordinarias por el lapso durante el cual dichos servidores regresan a su localidad de origen luego de cumplir su cometido, en la medida que su accion no implica el desarrollo de labores efectivas, dado que esos trabajadores, al quedar desocupados de la tarea que desempenaban, han utilizado los vehiculos simplemente como...

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