Dictamen nº 37247 de Contraloría General de la República, de 18 de Octubre de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239330170

Dictamen nº 37247 de Contraloría General de la República, de 18 de Octubre de 1988

servicio de salud debe pagar a auxiliar paramedico de hospital dependiente del mismo, todas las prestaciones a que tuviere derecho, por el accidente que sufriera en acto del servicio, debidamente calificado conforme dfl 338/60 art/82, aunque la afectada haya obtenido sentencia favorable en la querella y accion civil indemnizatoria que interpusiera ante los tribunales de justicia en contra del particular responsable del accidente del transito que le causara las lesiones que originaron los gastos medicos. ello, porque de articulos 81 y siguientes del estatuto indicado, se deduce que pesa sobre el fisco o la institucion empleadora la obligacion legal de otorgar la asistencia medica correspondiente al empleado que se ha accidentado en acto del servicio y que tal obligacion no se limita exclusivamente a los desembolsos pecuniarios que origina el tratamiento medico propiamente tal, sino que se extiende a todas las medidas que tienen por objeto obtener la pronta, oportuna y eficaz recuperacion del trabajador, hasta que el accidentado o enfermo sea dado de alta o declarado imposibilitado para reasumir su cargo. esta normativa es de...

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