Causa nº 2995/2010 (Casación). Resolución nº 25755 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Julio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 218955474

Causa nº 2995/2010 (Casación). Resolución nº 25755 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Julio de 2010

Fecha de Resolución22 de Julio de 2010
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso2995/2010
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintidós de julio de dos mil diez.

Vistos:

En autos rol Nº 6416-04 del Octavo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña C.G.H.R. dedujo demanda en contra de doña O.S.S.V., a fin que se declare nulo su despido, condenando a la demandada al pago de las indemnizaciones, remuneraciones y cotizaciones previsionales que se devenguen desde la fecha de exoneración hasta su convalidación, más reajustes, intereses y costas.

Evacuando el traslado conferido, la demandada contestó la demanda y opuso la excepción de prescripción contemplada en el inciso segundo del artículo 480 del Código del Trabajo. En cuanto al fondo, pidió el rechazo de la demanda alegando la inexistencia de la relación laboral.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veintisiete de enero del año dos mil nueve, escrita a fojas 70 y siguientes, desestimó la excepción de prescripción opuesta. En cuanto al fondo, hizo lugar a la demanda, declaró que entre las partes medió un contrato de trabajo que concluyó indebida e injustificadamente, motivo por el cual, condenó a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso, el aporte del 4,11% del artículo 163 inciso último letra a) del Código del Trabajo, remuneraciones de los meses de agosto y septiembre de 2004, diferencias de sueldo entre lo pagado y el mínimo legal, feriados legal y proporcional, cotizaciones previsionales y los derechos laborales devengados, a favor de la demandante, entre el 30 de septiembre de 2004 y el día que se proceda como ordena el inciso sexto del artículo 162 del Código del Trabajo, con las actualizaciones de los artículos 63 y 173 del citado Código, con costas.

El demandado se alzó y la Corte de Apelaciones de Santiago, en sentencia de dieciséis de marzo del año en curso, escrita a fojas 111, la revocó en aquélla parte que condenó en costas a la demandada y decidió eximirlo de ellas y la confirmó, en lo demás apelado.

En contra de esta última resolución, el demandado deduce recurso de casación en el fondo, por estimar que en su dictación se incurrió en los errores de derecho que explica, a fin que se la invalide, dictándose la sentencia de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia la vulneración de los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo, al haberse desestimado la excepción de prescripción a pesar que la demanda fue notificada más de un año y diez meses después de su presentación, porque se estableció la existencia de la relación laboral a pesar que no existió entre las partes un vínculo de subordinación y dependencia y por habérsele condenado con la sanción del inciso séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, a pesar que fue la sentencia la que declaró la existencia de la relación laboral. La infracción a las normas de la lógica y la experiencia han llevado a que también se vulneren los artículos 5, 146 a 152 bis y 480 del Código ya citado.

Finalmente, el recurrente desarrolla el perjuicio causado y la influencia sustancial que los yerros denunciados tuvieron en lo dispositivo del fallo.

Segundo

Que los hechos establecidos en la sentencia impugnada, en lo pertinente, son los siguientes:

  1. El cese de la vinculación se produjo el 29 de septiembre de 2004 y la demanda fue presentada a distribución el 10 de diciembre de ese mismo año.

  2. El vínculo contractual se inició el día 2 de agosto de 2002.

  3. La suma pagada por concepto de remuneración ascendía a $60.000 mensuales.

  4. El día 23 de agosto de 2004, se le otorgó a la actora licencia médica por 25 días...

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