Decisión nº A143-09, de Consejo de Transparencia de 28 de Agosto de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 539921798

Decisión nº A143-09, de Consejo de Transparencia de 28 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución28 de Agosto de 2009
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaFauna, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO Nº A143-09

Entidad pública: Servicio Agrícola y Ganadero

Requirente: Manuel Hermosilla Quiroz

Ingreso Consejo: 26.06.2009

En sesión ordinaria N° 80 de su Consejo Directivo, celebrada el 28 de agosto de 2009, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol A143-09, ingresado ante este Consejo el 26 de junio de 2009.

VISTOS:

El artículo 8° de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; el artículo 436 del Código de Justicia Militar y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Solicitud de Acceso: Que el 20 de abril de 2009, don Manuel Hermosilla Quiroz, solicitó al Servicio Agrícola y Ganadero –en adelante, SAG-, en conjunto con la información sobre la cual versa la Decisión A16-09, “Los informes anuales de los inspectores ad-honorem de caza, artículo 80, letra f), ley de caza N° 19.473 de 1996 y su reglamento N° 5, de 1998, modificado por el Decreto N° 53, 2004 de Agricultura”.

2) Respuesta: Que el SAG, respondió dentro de plazo, mediante Ordinario N° 4734, de 15 de mayo de 2009, informando al requirente que respecto de dicha información el Servicio se reserva la facultad de prorrogar dicho plazo por 10 días hábiles más debido a que solicitaron a las respectivas Direcciones Regionales del Servicio dichos informes anuales, información que luego fue entregada el día 03 de junio de 2009 por carta N° 5.568.

3) Amparo: Que, de conformidad con...

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