Vocabulario básico - Derecho constitucional en Preguntas y Respuestas - Libros y Revistas - VLEX 903486134

Vocabulario básico

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas349-382
Derecho Constitucional en Preguntas y Respuestas ®
349
APODERADO:
Persona que designan los
partidos la cual vela por la
transparencia y objetividad con
que se desarrolla el acto
electoral. Los apoderados de
mesa tienen derecho a estar
presentes desde la apertura de
las mesas receptoras de
sufragios hasta fin del escrutinio
y pueden instalarse al lado de
los miembros de la mesa,
observar sus procedimientos y
hacer reclamos o exigir dejar
constancia de ellos en acta.
AUTARQUÍA:-
- Capacidad de gestión de
asuntos propios asignados a la
competencia privativa de un
órgano administrativo.
- Estado de un país o de un
territorio que procura bastarse
con sus propios recursos,
evitando en lo posible, las
importaciones de otros países.
AUTOCONVOCATORIA:
Facultad constitucional de los
Diputados y Senadores en
ejercicio para convocar al
Congreso Nacional a una
Legislatura Extraordinaria de
Sesiones, durante el receso
parlamentario, siempre que no
hubiere sido convocado por el
Presidente de la República.
AUTONOMÍA:
- Facultad de ciertos entes para
crearse un derecho propio que
es reconocido por el Estado,
quien lo incorpora a su
ordenamiento jurídico y lo
declara obligatorio.
- Capacidad o facultad de
auto normarse; condición de
una entidad que goza de
entera independencia, lo que
supone personalidad jurídica y
patrimonio propio.
AUTOACORDADO:
Determinación administrativa
que toma algún consejo o
tribunal superior con asistencia
de todas las salas, para regular
aspectos administrativos o pro-
cedimentales.
AUTORIDAD: Persona revestida
de algún poder, mando o
magistratura, reconocida y
aceptada por los gobernados,
poder que le permite dar
órdenes, instrucciones a los
subordinados.
AVOCARSE:
Adoptar un juez, autoridad u
organismo público, el conoci-
miento de una causa o asunto
que se estaba litigando,
conociendo; o debía litigarse o
conocerse ante un tribunal
inferior u otra autoridad u
organismo.
Derecho Constitucional en Preguntas y Respuestas ®
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- B -
BANCADA PARLAMENTARIA:
Conjunto de diputados de un
partido político, los que, a
través de un jefe, designado
por ellos, facilitan la relación
con la Mesa de la respectiva
corporación, con el fin de
hacer más expedita la tramita-
tción de los asuntos sometidos a
su conocimiento.
BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD
Afirmaciones valóricas que re-
presentan los principios básicos
sobre los que descansa el
consenso mínimo de la socie-
dad chilena.
BICAMERAL:
Parlamento que cuenta con
dos ramas o cámaras: una
Cámara de Diputados y un
Senado.
BIEN COMÚN:
Orden o adecuado modo de
relación que permita crear las
condiciones sociales necesarias
para que todos y cada uno de
los integrantes de la comunidad
nacional obtengan su mayor
realización material y espiritual
posible.
BIENES INMUEBLES O RAÍCES:
Cosas que no pueden
transportarse de un lugar a otro,
como las tierras o las minas y las
que adhieren permanente-
mente a ellas, como los
edificios.
BIENES MUEBLES:
Dícese de cosas que pueden
transportarse de un lugar a otro,
sea moviéndose ellas a
mismas, o que se muevan por
una fuerza externa.
BIENES NACIONALES:
Bienes cuyo dominio pertene-
cen a la nación toda. Se
clasifican en bienes nacionales
de uso público y bienes fiscales.
Los primeros son aquellos cuyo
uso además corresponde a
todos los habitantes de la
nación como plazas, calles, etc.
Los segundos, en cambio, son
aquellos cuyo uso no pertenece
generalmente a los habitantes,
sino que están afectados al uso
de reparticiones u organismo
públicos en particular. Ejemplo:
edificios en que funcionan los
servicios públicos.
BOLETÍN:
(Número de): Número único
asignado a cada proyecto al
ingresar a tramitación en el
Congreso Nacional.
BUROCRACIA:
- Conjunto de funcionarios y
empleados de la Administración
Pública. Término que proviene
del francés burea ucratie, cuya
raíz es bureau (“ oficina”). El
concepto permite nombrar a
la organización que regulada
por normas que buscan
un orden racional en la gestión
y distribución de sus asuntos.
Derecho Constitucional en Preguntas y Respuestas ®
351
- Conjunto de los servidores
públicos, aunque el término
tiene una connotación negati-
va: se entiende por burocracia
a la administración ineficiente
por el papeleo y las formalida-
des, y a la influencia excesiva
de los funcionarios en los
asuntos públicos.
- C -
CÁMARA DE ORIGEN:
Cámara a la que ingresa el
proyecto de ley para su tramita-
ción. Puede ser indistintamente
a Cámara de Diputados o el
Senado de la República, salvo
las excepciones consagradas
en la propia Constitución. Sin
embargo, las leyes que traten
materias tributarias, presupuesto
de la administración del Estado
y sobre Reclutamiento solo
pueden tener origen en la
Cámara de Diputados. Las leyes
de amnistía e indultos generales
solo pueden tener origen en el
Senado.
CÁMARA REVISORA:
Cámara que conoce del pro-
yecto una vez que ha
concluido su tramitación en la
cámara del origen.
CANDIDATO:
Persona que postula o es
propuesta por un partido políti-
co para ocupar un cargo
público, como acalde, conce-
jal, diputado, senador o Presi-
dente de la República. El
Candidato Independiente no
puede haber estado afiliado a
un partido político dentro de los
dos meses anteriores al venci-
miento del plazo para presentar
las candidaturas.
Constitución o Código funda-
mental de un Estado. En ella se
contienen los principios esencia-
les de organización del Estado,
se establecen los poderes
públicos, sus titulares, sus
competencias, funciones y
relaciones entre ellos y los
derechos y las garantías
fundamentales de los inte-
grantes del Estado.
CAUCIÓN:
Obligación accesoria a una
principal que se adquiere para
asegurar el cumplimiento de
esta última.
CAUSAL DE CESACIÓN:
Razón por la cual se produce la
suspensión o terminación de un
cargo que una persona estaba
desempeñando.
CAUTELAR:
Tomar medidas de carácter
personal o patrimonial para
prevenir la consecución de
determinado fin o precaver
obstáculos que puedan difi-
cultarlo.

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