Decisión nº C2017-17, de Consejo de Transparencia de 29 de Agosto de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699289701

Decisión nº C2017-17, de Consejo de Transparencia de 29 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2017-17

Entidad pública: Municipalidad de Valdivia

Requirente: Viviana Álvarez Gangas

Ingreso Consejo: 12.06.2017

En sesión ordinaria N° 826 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de agosto de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2017-17.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de abril de 2017, doña Viviana Alvarez Gangas solicitó a la Municipalidad de Valdivia:

a) "Copia de informe de evaluación psicológico-laboral y técnicas, con los puntajes en cada ítems, incluyendo la copia del desarrollo de los casos clínicos realizados durante entrevista técnica aplicados a mi persona y también los informes de la persona seleccionada para el cargo 22 horas. del CESFAM Jorge Sabat.

b) Perfil utilizado en el concurso, el que fue entregado a la OMIL por CESFAM o DESAM".

2) RESPUESTA: El 29 de mayo de 2017, por medio de Ord. N° 1133, la Municipalidad de Valdivia accedió a la entrega de los siguientes antecedentes:

a) Perfil utilizado en el concurso en cuestión;

b) Copia de informe de evaluación psicolaboral de la consultante, denegando la entrega del informe de la seleccionada, por ser información confidencial, según lo referido en informe emitido por el encargado de Oficina de Información Laboral (OMIL), que adjuntan.

c) Copia del desarrollo de los casos clínicos realizados durante entrevista técnica aplicados a la consultante y a la profesional seleccionada.

3) AMPARO: El 12 de junio de 2017, la solicitante dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en haber recibido respuesta incompleta a su requerimiento, por cuanto no se hizo entrega del informe psicolaboral de la seleccionada.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, y mediante Oficio N° E1472, de fecha 20 de junio de 2017, confirió traslado al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Valdivia, quien por medio de Ord. N° 1.447, de fecha 07 de julio de 2017, presentó sus descargos u observaciones, señalando, en síntesis que la solicitud de información no fue...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR