Decisión nº C2802-15, de Consejo de Transparencia de 15 de Diciembre de 2015
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 2015 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C2802-15
Entidad pública: Municipalidad de Lota.
Requirente: Violeta Pérez Cifuentes.
Ingreso Consejo: 10.11.2015.
En sesión ordinaria N° 670 de su Consejo Directivo, celebrada el 15 de diciembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2802-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inc. 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2112 y N° 20/2112, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) Que, con fecha 15 de septiembre de 2015, doña Violeta Pérez Cifuentes realizó una presentación ante la Municipalidad de Lota, a través de la cual solicitó información sobre ex funcionaria del DAEM. En particular, requirió copia de todos los contratos de trabajo, de todos los decretos de nombramiento, de la renuncia voluntaria, y de todo el historial laboral.
2) Que, el 09 de octubre pasado, el órgano requerido comunicó la prórroga del plazo para otorgar respuesta a la solicitud de información. Luego, el 19 del mismo mes, solicitó subsanar a la Sra. Pérez subsanar su presentación, en el sentido de aclarar a qué se refiere con la frase "copia de todo el historial laboral", bajo el apercibimiento establecido en el artículo 12 de la Ley de Transparencia.
3) Que, con fecha 28 de octubre de 2015, la Municipalidad de Lota emitió una resolución donde se tuvo por desistida la solicitud de acceso a la información presentada por la Sra. Pérez, ya que ésta no subsanó en los términos requeridos dentro del plazo otorgado.
4) Que, el 10 de noviembre de 2015, doña Violeta Pérez Cifuentes dedujo amparo a su derecho de acceso a la...
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