Violaciones a la garantía de privacidad e intimidad - Derecho Penal. Parte Especial. Tomo III - Libros y Revistas - VLEX 275273907

Violaciones a la garantía de privacidad e intimidad

AutorMário Garrido Montt
Páginas417-429
PARTE ESPEC IAL
417
atentados a los derechos garantizados por la Constitución come-
tidos por empleados públicos.
El art. 160 dispone que el empleado público acusado “de ha-
ber ordenado, autorizado o facilitado alguno de los actos de que
se trata en el presente párrafo, pretende que la orden le ha sido
arrancada por sorpresa, será obligado, revocando desde luego tal
orden para hacer cesar el acto, a denunciar al culpable, en caso
de no denunciarlo, responderá personalmente”. El funcionario,
de consiguiente, para liberarse de su responsabilidad penal no
sólo ha de limitarse a revocar la orden dejándola sin efecto, sino
que al mismo tiempo debe denunciar a la justicia a la persona o
personas que obtuvieron la orden por sorpresa.
El art. 161 plantea la falsificación o suposición de firma de
un funcionario público para llevar a cabo alguno de los delitos
sancionados en el párrafo 4. Esa situación motiva el castigo de
los autores de la falsedad, junto con aquellos que maliciosamente
usaron la orden falsificada, a quienes deberá aplicársele la pena
de presidio menor en su grado máximo.
Finalmente, el art. 159 hace referencia a hechos que podrían
vincularse con la autoría mediata y la obediencia debida con relación
a los delitos que se describen en los arts. 157 y 158. La disposición
libera de responsabilidad al empleado público que incurre en
alguno de los comportamientos sancionados en los referidos arts.
157 y 158 si justifica “que ha obrado por orden de sus superiores
a quienes debe obediencia y disciplina”. En esta alternativa la san-
ción que corresponda a la exacción ilegal o a la violación de los
derechos fundamentales se impondrá “a los superiores que hayan
dado la orden”. Los hechos en cuestión son típicos y antijurídicos,
pero el que cumple la orden ilegítima queda exculpado –en su
caso– porque no le es exigible un comportamiento conforme a
derecho.
24. VIOLACIONES A LA GARANTÍA DE PRIVACIDAD E
INTIMIDAD
24.1. INTRODUCCIÓN
La Constitución Política, en el art. 19 números 4 y 5, se preocupa
de asegurar esos derechos. En efecto, el Nº 4 garantiza el respeto

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