Viña Ventisquero Limitada 76.526.470-7 - 14 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907399839

Viña Ventisquero Limitada 76.526.470-7

Fecha de publicación14 Julio 2022
Número de registroCVE-2156194
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.302
CVE 2156194 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.302 | Jueves 14 de Julio de 2022 | Página 1 de 5
Empresas y Cooperativas
CVE 2156194
EXTRACTO
ERNESTO MONTOYA PEREDO, abogado, Notario Público Titular de Rancagua, con
domicilio en Calle Campos 377, Rancagua, Región de O´Higgins, certifica: Por escritura pública
de 04 de julio de 2022, ante mí, V&F INVERSIONES NACIONALES SpA y
COMERCIALIZADORA VIÑEDOS Y FRUTALES LIMITADA, todos domiciliados para estos
efectos en Camino La Estrella N°401, Sector Punta de Cortés, comuna de Rancagua, quienes
acordaron modificar la sociedad VIÑA VENTISQUERO LIMITADA, un extracto de dicha
escritura se inscribió a fojas 179 número 223 del Registro de Comercio a cargo del Conservador
de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 2006, fue reinscrito a fojas 113 número 51
del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Doñihue correspondiente
al año 2022 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 5 de mayo de 2006. Modificaciones
consisten en: 1. Modificación administración: V&F INVERSIONES NACIONALES SpA y
COMERCIALIZADORA VIÑEDOS Y FRUTALES LIMITADA en su calidad de únicos socios
de VIÑA VENTISQUERO LIMITADA acuerdan que la sociedad sea administrada por su socia
Inversiones Nacionales SpA, quien la ejercerá por medio de sus mandatarios ordinarios. 2.
Modificación de Estatutos: En virtud de lo anterior, los actuales y únicos socios de la sociedad
Viña Ventisquero Limitada, acuerdan reemplazar el artículo Quinto de los Estatutos Sociales, por
el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: La administración, representación y uso de la razón social
corresponderá al socio “V&F INVERSIONES NACIONALES SpA”, quien la ejercerá por
medio de sus mandatarios ordinarios y/o por medio de uno o más administradores designados por
escritura pública que deberá inscribirse en el Registro de Comercio del domicilio social y
anotarse al margen de la inscripción de la sociedad. Las designaciones podrán revocarse por la
sociedad “V&F INVERSIONES NACIONALES SpA”, mediante escritura pública anotada al
margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. El o los administradores y
apoderados delegados deberán actuar a nombre de la sociedad en la forma que determine la
respectiva escritura. Al efecto, anteponiendo la razón social a su firma, el o los administradores
ordinarios o aquellos especialmente designados por el socio V&F INVERSIONES
NACIONALES SpA, actuando indistintamente o conjuntamente de acuerdo con las limitaciones
y formas de actuación vigente de la estructura de poderes vigente, que además se plasman a
continuación, podrán: Uno) Celebrar contratos de trabajos y servicios, convenir salarios,
remuneraciones, honorarios y otros derechos y poner término a los contratos respectivos. Dos)
Declarar, hacer liquidar, pagar y reclamar cotizaciones previsionales, imposiciones o gravámenes
de cualquier naturaleza y percibir restituciones; otorgar cancelaciones y finiquitos de
trabajadores; representar a la Sociedad compareciente ante Corporaciones Públicas, Instituciones
de Previsión, Autoridades del Trabajo, Superintendencia de A.F.P., Isapre, Fondo Nacional de
Salud, Cajas de Compensación, Inspección del Trabajo, especialmente, en todo lo relacionado
con finiquitos de contratos de trabajo, quedando expresamente facultado para suscribirlos;
representar a la Sociedad en todos los juicios y gestiones judiciales en que ésta tenga interés o
pueda llegar a tenerlo, ante cualquier tribunal del trabajo, así intervenga la Sociedad como
demandante, demandada o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercer toda clase de acciones,
sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales o de cualquier otra naturaleza, con toda clase de
facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, pudiendo desistirse en primera
instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar los
recursos y los términos legales, absolver posiciones, transigir, comprometer, prorrogar
jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento; asumir personalmente el
patrocinio o nombrar abogados patrocinantes y apoderados, delegándoles total o parcialmente las
facultades indicadas en este número Dos), pudiendo revocar tales designaciones y reasumir esta
facultad en cualquier época y cuantas veces se estime conveniente, con la única limitación de no
poder contestar nuevas demandas si no se ha emplazado previamente al mandante en forma
personal o subsidiaria de la misma. Tres) Celebrar contratos de arrendamiento, de transporte, de

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