Comentario a la Sentencia Rol 1108-2011 de la Corte de Apelaciones de San Miguel. ¿Existe un verdadero conflicto normativo entre la norma del modificado articulo 19 Nº 3 inciso cuatro de la Constitución y la norma del ar´ticulo 91 del Código Procesal Penal? - Núm. 1-2012, Julio 2012 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 468144746

Comentario a la Sentencia Rol 1108-2011 de la Corte de Apelaciones de San Miguel. ¿Existe un verdadero conflicto normativo entre la norma del modificado articulo 19 Nº 3 inciso cuatro de la Constitución y la norma del ar´ticulo 91 del Código Procesal Penal?

AutorMiriam Henríquez Viñas
CargoAbogado, Universidad Nacional del Comahue (Argentina)
Páginas469-477
469Estudios Constitucionales, Año 10, Nº 1
2012, pp. 469 - 478
Estudios Constitucionales, Año 10, Nº 1, 2012, pp. 469 - 478.
ISSN 0718-0195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“Comentario a la sentencia Rol Nº 1108-2011 de la Corte de Apelaciones de San Miguel”
Miriam Lorena Henríquez Viñas
Estudios Constitucionales, Año 10, Nº 1
2012, pp. 469 - 478
COMENTARIO A LA SENTENCIA ROL 1108-2011
DE LA CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL
¿EX I S T E U N V E R D A D E R O C O N F L I C T O N O R M A T I V O E N T R E L A N O R M A D E L
M O D I F I C A D O A R T Í C U L O 19 Nº 3 I N C I S O C U A R T O D E L A CO N S T I T U C I Ó N Y
L A N O R M A D E L A R T Í C U L O 91 D E L CÓ D I G O PR O C E S A L PE N A L ?
MIR I A M LO R E N A HE N RÍ Q U E Z VI Ñ A S 1
Prof. Derecho Constitucional U. de las Américas.
Email: mhenriquez@udla.cla
1. IN T R O D U C C I Ó N
El comentario que realizaré tiene como objeto la sentencia de segunda ins-
tancia, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, de 5 de septiembre
de 2011 (Rol 1108 – 2011), y pronunciada por su Sexta Sala. El apelante, el
Ministerio Público, recurrió contra la resolución dictada por don Jaime Salas,
Juez del 15º Juzgado de Garantía de Santiago, por el cual se declaró ilegal la
detención de don José Flores, por estimar que la declaración del imputado
frente a la policía sin la asesoría técnica de un abogado infringe normas legales
y constitucionales.
El Ministerio Público fundamentó su recurso en que el inciso cuarto del ar-
tículo 19 Nº 3 de la Constitución no modif‌icó los artículos 85 a 91 del Código
Procesal Penal, puesto que a su juicio dicha norma asegura únicamente la defensa
técnica estatal, mas no la material ni la privada. En este sentido solicitó que se
declare que la detención de don José Flores es legal.
Así, el fallo en comento plantea una serie de interesantes y controvertidos
asuntos en relación con el alcance y efectos de la reforma al artículo 19 Nº 3 de
la Constitución, y que resumiendo son: a) El f‌in perseguido con la reforma cons-
1 Abogado, Universidad Nacional del Comahue (Argentina). Magíster en Derecho Público, Pontif‌icia Uni-
versidad Católica de Chile (Chile). Doctor en Ciencias Jurídicas, Universidad de Santiago de Compostela
(España). Profesora de Fuentes del Derecho, LLM Derecho, Pontif‌icia Universidad Católica de Chile. Pro-
fesora de Derecho Constitucional de las Universidades Alberto Hurtado, Andrés Bello y De Las Américas.
Email: miriamhenriquez@yahoo.es – mhenriquez@udla.cl

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