Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley Sobre Impuesto a las – Art. 42°, letra d) – Oficios 2898 de 2012 y 1356 de 2013.
Fecha | 16 Diciembre 2013 |
Número de sentencia | 2598 |
Normativa aplicada | IVA |
VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 42°, LETRA D) – OFICIOS 2898 DE 2012 Y 1356 DE 2013.
(ORD. N°2598, DE 16.12.2013)
Procedencia de la aplicación del Impuesto Adicional a las Bebidas Alcohólicas, Analcohólicas y productos similares contemplado en el artículo 42°, letra d) del D.L. N° 825.
Se ha solicitado a este Servicio, confirmar la no aplicación del Impuesto Adicional a las Bebidas Alcohólicas, Analcohólicas y productos similares establecido en la letra d) del artículo 42° del D.L. 825 de 1974, al producto “XXXX”, en sus formatos XXXX 1 en lata de 355 ml, XXXX en lata de 250 ml, XXX 3 en lata de 250 ml.
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ANTECEDENTES
YYYY es una empresa dedicada a comercialización y distribución de vinos, licores, cervezas y bebidas Premium.
XXXX) es elaborada en Austria por TTT y es importada por YYYY en distintos formatos, entre los cuales se encuentran:
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XXXX 1 en lata, 355 ml
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XXXX en lata, 250 ml.
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XXXX 3 en lata, 250 ml.
La importación de las bebidas enumeradas anteriormente habría sido debidamente autorizada por la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, mediante la emisión de las resoluciones respectivas.
Adicionalmente, YYYY habría sido autorizada por dicha entidad administrativa a rotular en origen las bebidas referidas anteriormente, como alimentos para deportistas. Previo a emir las respectivas resoluciones de autorización (cuya copia acompaña a la presentación), se habrían practicado los análisis técnicos correspondientes, a fin de analizar la composición de las bebidas, corroborando así que se ajustan a las exigencias sanitarias de nuestro país, confirmando expresamente su carácter de alimento para deportistas.
Para referencia de este Servicio pasa a detallar la composición química e información nutricional de las bebidas señaladas anteriormente.
En relación a lo anterior, solicita confirmar que las bebidas XXXX individualizadas en la presentación, conforme a su composición química y a la definición de bebidas analcohólicas contenida en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, no califican para efectos del IABA...
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