Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 8°, letra h) – Ley N° 17.336, de 1970, Art. 97°, Art. 100° – Ley N° 20.243, de 2008, Art. 3°. - Doctrina Administrativa - VLEX 524643478

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 8°, letra h) – Ley N° 17.336, de 1970, Art. 97°, Art. 100° – Ley N° 20.243, de 2008, Art. 3°.

Fecha29 Julio 2010
Número de sentencia1263
Normativa aplicadaIVA

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. , letra h)Ley N° 17.336, de 1970, Art. 97°, Art. 100° – Ley N° 20.243, de 2008, Art. 3°. (Ord. N° 1263, de 29.07.2010)

Tratamiento tributario del IVA de las remuneraciones que reciben los artistas, intérpretes y ejecutores de audiovisuales de acuerdo a la Ley N° 20.243, de 2008, que establece el derecho en favor de los artistas, intérpretes o ejecutantes de una obra audiovisual, de exigir una contraprestación económica por determinadas acciones que se realicen sobre soportes audiovisuales, en que hayan tenido participación, tanto cuando tengan la titularidad del derecho de autor o conexo, como cuando se hayan desprendido de éste – El derecho a recibir una remuneración tiene su fuente en la ley y no en un acuerdo de voluntades de las partes – No se configura el hecho gravado servicio.

Se ha solicitado a esta Dirección Nacional pronunciarse sobre el tratamiento tributario del IVA aplicable a la remuneración que tienen derecho a recibir los actores, intérpretes y ejecutantes en audiovisuales, en virtud de lo dispuesto en la Ley 20.243 de 2008.

  1. ANTECEDENTES:

    La Corporación de Actores de Chile (en adelante “XXXX), es una corporación de derecho privado y sin fines de lucro cuyo objeto, entre otros, es: la protección de los derechos de propiedad intelectual de los actores, artistas, intérpretes o ejecutantes en audiovisuales, y sus derechohabientes, asociados o administrados, para los efectos de la recaudación, administración y defensa en el país y en el extranjero, de todos los derechos de intérprete que le hubieren encomendado en administración, en la forma determinada en los estatutos; celebrar toda clase de pactos o contratos, de colaboración y reciprocidad, sin reservas ni limitación alguna, con entidades o personas del país o del extranjero, para la defensa, recaudación y administración de los derechos de intérprete de cuya gestión se encarga.

    Este objeto está actualmente ampliado por la Ley N° 20.243 que confiere al artista, interprete y ejecutante de una obra audiovisual, el derecho de percibir una remuneración por la comunicación pública y radiodifusión, la puesta a disposición por medios digitales, el arrendamiento al público y la utilización directa de un videograma o cualquier otro soporte audiovisual o una reproducción del mismo.

    El objeto de la corporación se enmarca en la realización de actividades de administración, protección y cobro de los derechos y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR